AAP Madrid 413/2003, 13 de Octubre de 2003

ECLIES:APM:2003:11086
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución413/2003
Fecha de Resolución13 de Octubre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN DECIMOQUINTA

SENTENCIA Nº 413

Magistrados:

Alberto JORGE BARREIRO (ponente)

Inmaculada CLAUDIO MELERO

Carlos MARTIN MEIZOSO

Rollo P-302/2003

J. Oral 217/2003

Jzdo. Penal nº 21

En Madrid, a 13 de octubre de 2003.

Este Tribunal ha deliberado sobre el recurso de apelación interpuesto por Carlos Manuel contra la sentencia dictada por la Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal nº 21 de Madrid, el 8 de julio de 2003, en la causa arriba referenciada.

El apelante estuvo asistido por el Letrado Alberto Barrios Ferrero.

ANTECEDENTES PROCESALES

  1. El relato de hechos probados de la sentencia apelada dice así: "El acusado Carlos Manuel, mayor de edad y condenado en sentencia firme en fecha 23/6/1994, por un delito contra la seguridad del tráfico, sobre las 19.35 horas del día 3/08/01 circulaba con el automóvil Opel Vectra, matrícula TI-....-X, por la calle San José de la localidad de Majadahonda, tras haber ingerido bebidas alcohólicas en cantidad tal que le incapacitaban para realizar una correcta conducción, y como consecuencia de lo cual lo hacía efectuando maniobras de zig-zag y a una velocidad anormalmente reducida.

    Por agentes de la Policía Local se efectuó al acusado la prueba de impregnación alcohólica con etilómetro, arrojando unos resultados de 1,263 y 1,166 miligramos de alcohol por litro de aire espirado."

    La resolución impugnada contiene el siguiente fallo: "Que debo condenar y condeno a Carlos Manuel como autor de un delito contra la seguridad del tráfico a la pena de 3 meses multa con cuota diaria de 6 euros, privación el permiso de conducir vehículos a motor y ciclomotores por 18 meses y el pago de las costas".

  2. La parte apelante interesó que se revocara la sentencia apelada y se dictara otra absolutoria.

  3. El Ministerio Fiscal instó la confirmación de la resolución recurrida.

    HECHOS PROBADOS

    Se aceptan los que constan relatados en la sentencia apelada.

    MOTIVACIÓN

    El apelante aduce como primer motivo del recurso que concurre error en la apreciación de la prueba. Para fundamentar su alegación hace referencia a sus propias declaraciones, en las que ha mantenido que ingirió alcohol después de descender del coche y que cuando llegaron los agentes tenía el vehículo aparcado y no le sorprendieron conduciendo en ningún caso.

    Frente a tales declaraciones, comprensibles desde una perspectiva autoexculpatoria, constan en la causa las manifestaciones claramente incriminatorias de los agentes que acudieron al...

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