AAP Madrid 652/2003, 4 de Julio de 2003

ECLIES:APM:2003:8129
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución652/2003
Fecha de Resolución 4 de Julio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 17ª

ROLLO DE APELACION Nº : 201/03

PROCEDIMIENTO

: ABREVIADO 493/02

JUZGADO DE LO PENAL Nº 1 GETAFE

MAGISTRADAS Ilustrísimas Señoras:

Dña. MANUELA CARMENA CASTRILLO

Dña. MARIA JESUS CORONADO BUITRAGO

Dña. MATILDE GURRERA ROIG

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en la causa al

margen de referencia, ha dictado,

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD, EL REY

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 652/03

En la Villa de Madrid, a cuatro de julio de dos mil tres.

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, formada por las Ilustrísimas Señoras Magistradas Dña. MANUELA CARMENA CASTRILLO, Dña. MARIA JESUS CORONADO BUITRAGO y Dña. MATILDE GURRERA ROIG, ha visto el recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. Miguel Angel Solera Lama, en nombre y representación procesal de Serafin contra la sentencia dictada con fecha diecinueve de marzo de dos mil tres, en procedimiento abreviado 493/02 por el Juzgado de lo penal nº 1 de los de Getafe. Intervino como parte apelada el Ministerio Fiscal. La Ilustrísima Señora Magistrada Dña. MATILDE GURRERA ROIG actuó como Ponente y expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha diecinueve de marzo de dos mil tres se dictó sentencia en Procedimiento Abreviado 493/02 por el Juzgado de lo Penal nº 1 de los de Getafe.

En dicha resolución se fijaron los siguientes hechos como probados:

" Resulta probado y así se declara que el acusado Serafin , mayor de edad y con antecedentes penales no computables, sobre las 05,30 horas del día 30 de Julio de 2.001, circulaba en el vehículo Seat Córdoba matrícula Y-....-YS y se incorporó a la calle Toledo de Getafe en sentido contrario al establecido para el tráfico rodado.

El inculpado había ingerido bebidas alcohólicas en cantidad suficiente como para quedar incapacitado física y psíquicamente para conducir con grave riesgo para la circulación, por este motivo fue requerido por miembros de la policía local de Getafe quienes le sometieron a la prueba de alcoholemia por aire espirado, en la cual arrojó un resultado de 1,04 miligramos de alcohol."

Su parte dispositiva contenía el siguiente fallo:

"Que debo condenar y condeno a Serafin como autor responsable de un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas del artículo 379 del Código Penal, no concurriendo circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de tres meses de multa con una cuota diaria de dos euros, lo que hace un total de ciento ochenta euros con responsabilidad personal subsidiaria de un día de arresto por cada dos cuotas impagadas y privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores durante un año y un día y al pago de las costas.

"

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por el Procurador D. Miguel Angel Solera Lama, en nombre y representación procesal de Serafin .

TERCERO

Se dio traslado a las demás partes personadas, a fin de que pudieran formular sus alegaciones. Remitidas las actuaciones a este Tribunal, no se estimó precisa la celebración de vista, quedando pendiente el procedimiento de resolución en esta segunda instancia.

HECHOS PROBADOS

UNICO.- Se...

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