AAP Madrid 751/2003, 3 de Octubre de 2003

ECLIES:APM:2003:10704
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución751/2003
Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 23ª

ROLLO RP 266/03

JUZGADO DE LO PENAL Nº 22 DE MADRID

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 131/03

SENTENCIA Nº 751/03

AUDIENCIA PROVINCIAL

ILTMOS. SRES DE LA SECCION 23

D. ANGEL LUIS HURTADO ADRIAN

D. JESUS EDUARDO GUTIERREZ GOMEZ

Dª MATILDE GURRERA ROIG

En Madrid a 3 de Octubre de 2003.

ENCABEZAMIENTO

VISTAS en segunda instancia ante la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid, la causa seguida contra Clemente , por un delito contra la seguridad del tráfico, venidas a conocimiento de esta Sección en virtud de recurso de apelación que autoriza el Artículo 795 de la L.E.CRim, interpuesto en tiempo y forma por la representación procesal del acusado contra la Sentencia dictada por el Iltmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de lo Penal nº 22 de Madrid con fecha de 27 de mayo de 2003.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la Sentencia apelada se establecen como hechos probados que " el acusado Clemente , sobre las 8,50 horas del día 16-4-2000, circulaba con el vehículo marca Fiat Punto matrícula F-....-FR , tras haber ingerido bebidas alcohólicas en tal cantidad que tenía sensiblemente mermadas las facultades psicofísicas precisas para el control de la conducción, de modo que cuando conducía por la A-6, dentro del término municipal de las Rozas, se vio implicado en un accidente y al detectar los agentes de la Guardia Civil que acudieron al lugar, que el acusado presentaba claros síntomas etílicos, fue sometido a las correspondientes pruebas de alcoholemia, las cuales arrojaron unos resultados de 0,76 y 0,77 mg. de alcohol por litro de aire espirado. "

Su fallo o parte dispositiva, es del tenor literal siguiente " Que debo condenar y condeno a Clemente , como responsable en concepto de autor, de un delito contra la seguridad del tráfico, ya tipificado, a la pena de multa de cuatro meses con cuotas de tres euros pagadera en cuatro veces, privación del derecho a conducir vehículos de motor por tiempo de dieciocho meses y abono de las costas causadas.

Abónese todo el tiempo que ha estado privado de libertad por esta causa.

Acredítese la solvencia o insolvencia del condenado."

Habiendo sido partes en la sustanciación del presente recurso dicho apelante Clemente representado por el Procurador/a: Luis Delgado de Tena y como apelado, el Ministerio Fiscal.

Ha sido ponente la Magistrada Dña. MATILDE GURRERA ROIG que expresa el parecer de la Sala.

SEGUNDO

Conferido traslado del recurso al Ministerio Fiscal se solicitó la plena confirmación de la Sentencia recurrida.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en esta Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid, por resolución de fecha 26 de septiembre se señaló para deliberación el día 2 de octubre de 2003.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

Se ACEPTAN íntegramente los hechos...

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