SAP Barcelona, 14 de Mayo de 2003

PonenteMARIA DEL CARMEN MUÑOZ JUNCOSA
ECLIES:APB:2003:3948
Número de Recurso30/2002
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución14 de Mayo de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

D. JOAQUÍN DE ORO PULIDO LÓPEZ

Dª. CARMEN MUÑOZ JUNCOSA

D. JOSÉ ANTONIO BALLESTER LLOPIS

En la ciudad de Barcelona, a catorce de mayo de dos mil tres.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Declarativo menor cuantía, número 690/2000 seguidos por el Juzgado Primera Instancia

44 Barcelona, a instancia de D. Alexander y Dª. Erica , contra COVARO 2000, SL. los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por COVARO 2000, SL. contra la Sentencia dictada en los mismos el día 25 de septiembre de 2001, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimo en parte la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Yagüe, en representación de D. Alexander y Dª. Erica contra "Covaro 2.000 SL." y estimando en parte la reconvención formulada por la procuradora Sra. Borrás en representación de "Covaro 2.000 SL." contra D. Alexander y Dª. Erica y, en consecuencia debo condenar y condeno a "Covaro 2.000 SL." a que abone a D. Alexander y Dª. Erica la cantidad de

3.024.856 pts./ Cada parte abonará las costas generadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte DEMANDADA mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 16 de enero de 2003.CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.

VISTO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. CARMEN MUÑOZ JUNCOSA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los actores alegan en la demanda haber suscrito un contrato de obra con la demandada para la construcción de una vivienda que debía finalizar el 15.9.2000, pero el mes de junio de 2000 el demandado les comunicó que no podía continuar la obra que abandonó aún siendo requerido por los actores, lo que supone una renuncia unilateral a pesar de los pagos puntuales que realizaba él actor, resultando perjudicados por el encarecimiento de la obra, así como por lucro cesante, y por daño moral, solicitando, la resolución del contrato y la condena del demandado a indemnizar a los actores por los daños causados que valora en 5.000.000. El demandado se opuso a la demanda alegando que los actores incumplieron sus obligaciones de pago, viéndose obligado a dar por finalizada la obra por incumplimiento del cliente por lo que no procede la reclamación actora formulando reconvención por cantidades no pagadas según el contrato, obras realizadas fuera de presupuesto y materiales colocados en la obra y no satisfechos. Solicita la condena del Sr. Alexander y la Sra. Erica al pago de la suma de 2.828.909 ptas. Los demandados en la reconvención se opusieron. La sentencia dictada en la 1ª instancia estimó parcialmente la demanda y la reconvención. Covaro 2000 SL. interpuso recurso de apelación. Motiva su recurso el apelante en primer lugar en la incongruencia entre lo solicitado por el actor y el fallo de la sentencia, en cuanto solicitaba el actor que la cantidad definitiva a cuyo pago debía condenarse al demandado se tendría que establecer en ejecución de sentencia, no se aprecia incongruente la sentencia, por concretar sobre lo solicitado en la demanda, la indemnización a la vista del resultado de la prueba, no puede confundirse la incongruencia con la facultad de apreciación de la prueba en función de lo pedido en la demanda. El actor funda la demanda, y solicita la resolución del contrato e indemnización por los perjuicios causados en el incumplimiento del demandado; incumplimiento que concreta en: 1) abandono de la obra por el constructor;

2) no realización de las obras según lo pactado. El abandono de la obra es reconocido por el demandado. Este alega que el motivo del abandono fue el incumplimiento de los pagos...

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