SAP Álava 53/2008, 18 de Febrero de 2008
Ponente | IÑIGO MADARIA AZCOITIA |
ECLI | ES:APVI:2008:65 |
Número de Recurso | 590/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 53/2008 |
Fecha de Resolución | 18 de Febrero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Álava, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALAVA
ARABAKO PROBINTZIA AUZITEGIA
Sección 1ª
AVDA. GASTEIZ 18 2ª planta- C.P. 1008
Tfno.: 945-004821
Fax: 945-004820
N.I.G. 01.02.2-07/003928
Apel.j.verbal L2 590/07
O.Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 6 (Vitoria)
Autos de Juicio verbal L2 377/07
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Recurrente: IVI BILBAO S.L.
Procurador: ALFREDO AJA GARAY
Abogado: SALVADOR GARCIA TORREGROSA
Recurrido: Enrique y Isabel Procuradora: ANA ROSA FRADE FUENTES
Abogado: JOAQUIN URIBE ALONSO
APELACIÓN CIVIL
La Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz compuesta por los Ilmos. Sres. D. Iñigo Madaria Azcoitia, Presidente, y D. Iñigo Elizburu Aguirre, y Dª Silvia Víñez Argüeso, Magistrados, ha dictado el día dieciocho de febrero de dos mil ocho.
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A Nº 53/08
En el recurso de apelación civil rollo de Sala nº 590/07, procedente del Juzgado de Primera Instancia nº 6 Vitoria, Autos de Juicio Verbal nº 377/07, promovido por IVI BILBAO, S.L. dirigido por el Letrado D. Salvador García Torregrosa y representado por el Procurador D. Alfredo Aja Garay, frente a la sentencia dictada en fecha 03.07.07. siendo apeladas D. Enrique y Dª Isabel dirigidos por el Letrado D. Joaquín Uribe Alonso y representado por la Procuradora Dª Ana Rosa Frade Fuentes. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente D. Iñigo Madaria Azcoitia.
Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 6 de Vitoria se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice: "Que, desestimando la demanda interpuesta por representada por la mercantil IVI BILBAO S.L., representada por el Procurador señor Aja Garay, debo absolver y absuelvo a los codemandados don Enrique y doña Isabel, de las pretensiones contra ellos ejercitadas en este procedimiento.
Las costas procesales se imponen a la demandante por las razones indicadas en el fundamento jurídico tercero de esta sentencia".
Frente a la anterior resolución, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por el Procurador Sr. Aja Garay en nombre y representación de IVI BILBAO, S.L., recurso que se tuvo por interpuesto mediante providencia de fecha 05.10.07, dándose el correspondiente traslado a la contraparte por diez días para alegaciones, presentando la Procuradora Sra. Frade Fuentes en representación de D. Enrique y Dª Isabel escrito de oposición al recurso presentado de contrario, elevándose, posteriormente, los autos a esta Audiencia Provincial.
Recibidos los autos en la Secretaría de esta Sala, mediante proveído de 26.11.07 se mandó formar el Rollo de apelación, registrándose, turnándose la Ponencia, señalándose para deliberación, votación y fallo el día 5 de febrero de 2008.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales fundamentales.
En la demanda inicial del proceso IVI Bilbao S.L., entidad dedicada a la realización y prestación de todo tipo de análisis, exploraciones, diagnosis, tratamientos y servicios sobre problemática de la reproducción humana y de la esterilidad, reclama frente a los demandados el importe de 1.858 euros, correspondientes a un tratamiento aplicado desde el 7 de noviembre de 2005 al 16 de abril de 2006, del que se habían abonado 438 euros.
La sentencia de instancia desestima la demanda al considerar que el precio reclamado no se justifica que sea exigible y determinado, entendiendo que el servicio recibido en Bilbao era parte de lo contratado en Valencia, donde se empezó el tratamiento.
La actora se alza frente a la sentencia y reitera su reclamación inicial. Argumenta que antes de acudir a IVI Bilbao S.L. los demandados habían acudido a la clínica IVI Valencia, donde fue practicado un ciclo de reproducción asistida cuyo precio abonaron y nada se les ha reclamado. Ese primer ciclo consistió en una fecundación in vitro, con donaciones de ovocitos, de manera que los preembriones que se obtuvieron fueron constituidos mediante la fertilización del óvulo de una donante y trasferidos, unos a la...
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Pérdida irreparable de preembriones crioconservados y daño moral de la viuda
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