SAP Barcelona, 16 de Octubre de 2003

PonenteASUNCION CLARET CASTANY
ECLIES:APB:2003:5379
Número de Recurso374/2003
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª

SENTENCIA N ú m.

Ilmos. Sres.

Dª. ASUNCIÓN CLARET CASTANY

D. MIGUEL JULIÁN COLLADO NUÑO

Dª. NURIA BARRIGA LÓPEZ

En la ciudad de Barcelona, a dieciséis de octubre de dos mil tres.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Diecinueve de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 473/2002, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 55 de Barcelona, a instancia de D. Jesús Manuel , contra D. Carlos Francisco y ST. PAUL INSURANCE ESPAÑA SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 9 de Enero de 2003, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: ESTIMANT parcialment la demanda interposada pel procurador Sr. Llorens Delgado en representació del Sr. Jesús Manuel contra el Sr. Carlos Francisco i ST. PAUL INSURANCE ESPAÑA, SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.; condemno el Sr. Carlos Francisco a pagar a l'actor 500 euros i absolc la companyia d'assegurances. Imposo a la part actora el pagament de les costes causades a la companyia d'assegurances i no imposo a cap de les parts les costes produïdes entre la part actora i l'altre demandat".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 15 de Octubre de 2003.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. ASUNCIÓN CLARET CASTANY.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia dictada en la instancia que estima parcialmente las pretensiones deducidas por D. Jesús Manuel frente a D. Carlos Francisco y ST. PAUL INSURANCE ESPAÑA SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., en ejercicio de la acción de responsabilidad civil contractual por negligencia profesional del letrado demandado designado por turno de oficio para la defensa de los intereses del accionante, al objeto de presentar demanda por despido y de reclamación de cantidad ante la jurisdicción laboral y fija la cuantía a percibir en concepto de daños y perjuicios morales en la cantidad de 500 euros, se alza el actor interesando la revocación en cuanto a la cuantía indemnizatoria fijada por entender que: 1) no condena indebidamente al demandado a abonar los honorarios del otro letrado que tuvo que contratar forzosamente en libre ejercicio debido al incumplimiento de sus deberes profesionales; 2) rebaja de forma muy sustancial la cantidad solicitada en concepto de daños morales, 3.200 euros.

SEGUNDO

En cuanto al primero de los motivos, entiende el recurrente que de acuerdo con el art. 2

d) de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita la designa por turno de oficio en el orden social para la defensa

en juicio de los trabajadores, comporta la existencia del beneficio de justicia gratuita.

Cierto resulta que con arreglo al art. 2 apartado d) de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita tienen derecho a la asistencia jurídica gratuita en el orden jurisdiccional social los trabajadores y beneficiarios de la seguridad social para la defensa en juicio. Que el letrado demandado Sr. Carlos Francisco fue designado por el turno de oficio en fecha 16/11/2000 para la defensa del Sr. Jesús Manuel en dos procedimientos...

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