SAP Guadalajara 55/2007, 12 de Marzo de 2007
Ponente | MARIA ANGELES MARTINEZ DOMINGUEZ |
ECLI | ES:APGU:2007:69 |
Número de Recurso | 30/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 55/2007 |
Fecha de Resolución | 12 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Guadalajara, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
GUADALAJARA
SENTENCIA: 00055/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
GUADALAJARA
Sección 001
Domicilio: PASEO FERNANDEZ IPARRAGUIRRE NUM. 10
Telf: 949-23.52.30 y 31
Fax: 949-23.52.24
Modelo: SEN00
N.I.G.: 19130 37 1 2007 0100058
ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 30/2007
Juzgado procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 de GUADALAJARA
Procedimiento de origen: JUICIO VERBAL 777/2005
RECURRENTE: Millán
Procurador/a: ENCARNACION HERANZ GAMO
Letrado/a: MARIA ISABEL CORTIJO PEREZ
RECURRIDO/A: LUVIA ASOCIADOS, S.L. (NO PERSONADO)
Letrado/a: JOSÉ MANUEL GALLEGO PÉREZ
ILMAS. SRAS. MAGISTRADAS
Dª CONCEPCIÓN ESPEJEL JORQUERA
Dª ISABEL SERRANO FRIAS
Dª Mª ANGELES MARTÍNEZ DOMÍNGUEZ
S E N T E N C I A Nº 55/07
En Guadalajara, a doce de Marzo de dos mil siete.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 1 de la Audiencia Provincial de GUADALAJARA, los Autos de JUICIO VERBAL 777/2005, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 1 de GUADALAJARA (antes mixto 2), a los que ha correspondido el Rollo 30/2007, en los que aparece como parte apelante D. Millán, representado por la Procuradora Dª. ENCARNACION HERANZ GAMO, y asistido por la Letrado Dª. MARIA ISABEL CORTIJO PEREZ, y como parte apelada LUVIA ASOCIADOS, S.L. (NO PERSONADO), asistido por el Letrado D. JOSÉ MANUEL GALLEGO PÉREZ, sobre reclamación de cantidad, y siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª ANGELES MARTÍNEZ DOMÍNGUEZ.
Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.
En fecha 28 de Marzo de 2006 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Con estimación de la demanda promovida por Luvia Asociados S.L., asistido por el Letrado Sr. Gallego Pérez contra D. Millán, representados por el Procurador Sra. Heranz Gamo y asistidos por el Letrado Sra. Cortijo Pérez, debo condenar y condeno a la demandada a que abone a la actora la cantidad de 1.276 €, más los intereses legales. = Se imponen al demandado las costas originadas a la actora".
Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de Millán, se interpuso recurso de apelación contra la misma; admitido que fue, emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, se sustanció el recurso por todos sus trámites, llevándose a efecto la deliberación y fallo del mismo el pasado día 9 de Marzo.
En el presente procedimiento se han observado las prescripciones legales con inclusión del plazo para dictar sentencia.
Se interpone el presente recurso frente a la sentencia de instancia que, estimando la demanda deducida por la mercantil LUVIA ASOCIADOS S.L., condena al ahora recurrente al abono de la cantidad reclamada. Como motivo de impugnación se aduce la infracción del artículo 6 de la Ley 7/98 de 13 de abril sobre condiciones generales de la contratación, en cuyo sustento se invoca que tratándose de un contrato de adhesión, el suscrito por los litigantes, las dudas que pudieran surgir en la interpretación de sus condiciones habrían de ser resueltas a favor del adherente; dudas que en el presente supuesto existirían en cuanto al devengo de los honorarios pactados en la hipótesis de que el préstamo concedido, por las gestiones efectuadas por la actora como mandataria, no se llevara a cabo por causa imputable al mandante, al aparecer en blanco la casilla del contrato destinada a determinar el importe de dichos honorarios; por lo que se concluye que si ello es así es porque, en tal caso, el demandado no venía obligado a abonar suma alguna.
A la hora de resolver la cuestión...
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