SAP Melilla 25/2001, 9 de Febrero de 2001

PonenteJOSE LUIS RUIZ MARTINEZ
ECLIES:APML:2001:46
Número de Recurso13/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución25/2001
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Melilla, Sección 7ª

SENTENCIA N° 25

En Melilla a nueve de Febrero de dos mil uno.

Vistos por la Sala de esta Audiencia los autos de Juicio de Desahucio n° 238/00 seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia n° 2 de esta ciudad, en virtud de demanda formulada por D. Juan Antonio ., representado por el Procurador D. Juan Torreblanca Calancha y asistido del Letrado Dª. Mª. Victoria Ginel Pascual, contra la mercantil Almacenes Saada, S.A., representada por la Procuradora Dª. Isabel Herrera Gómez y asistido del Letrado D. Francisco Cano Trujillo, cuyos autos han venido a este Tribunal en virtud de recurso interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia dictada en autos; siendo Ponente para la redacción de esta Sentencia el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS RUIZ MARTINEZ y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

En el proceso de referencia el día 5 de Diciembre de 2000 se dictó sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales D. Juan Torreblanca Calancha en nombre y representación de D. Juan Antonio contra la Mercantil "Almacenes Saada", S.A., declaró resuelto el contrato de arrendamiento que une a las partes, condenando al demandado a dejar libre y a disposición del actor el local sito en la calle DIRECCION000 n° NUM000 , DIRECCION001 de esta ciudad, con apercibimiento de lanzamiento si no lo hace en el plazo legal, condenando a la demandada al pago de las costas".

TERCERO

Contra dicha resolución la Procuradora Dª. Isabel Herrera Gómez interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, habiéndose remitido los autos a esta audiencia a los efectos oportunos, previotraslado a la parte contraria quien presentó escrito de impugnación.

CUARTO

Tras los trámites legales se señaló día y hora para la deliberación y votación del presente recurso, que tuvo lugar el día 8 de Febrero del año en curso, a las 13,00 horas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se comparten los que en tal concepto refleja la sentencia impugnada en todo cuanto se opongan o desvirtúen los razonamientos jurídicos objeto de la subsiguiente exposición .

PRIMERO

La reforma legal operada tras la Ley 24/1994 en el procedimiento de desahucio por falta de pago de la renta sobre la facultad del arrendatario de enervar la acción...

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