SAP Melilla 25/2001, 9 de Febrero de 2001
Ponente | JOSE LUIS RUIZ MARTINEZ |
ECLI | ES:APML:2001:46 |
Número de Recurso | 13/2001 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 25/2001 |
Fecha de Resolución | 9 de Febrero de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Melilla, Sección 7ª |
SENTENCIA N° 25
En Melilla a nueve de Febrero de dos mil uno.
Vistos por la Sala de esta Audiencia los autos de Juicio de Desahucio n° 238/00 seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia n° 2 de esta ciudad, en virtud de demanda formulada por D. Juan Antonio ., representado por el Procurador D. Juan Torreblanca Calancha y asistido del Letrado Dª. Mª. Victoria Ginel Pascual, contra la mercantil Almacenes Saada, S.A., representada por la Procuradora Dª. Isabel Herrera Gómez y asistido del Letrado D. Francisco Cano Trujillo, cuyos autos han venido a este Tribunal en virtud de recurso interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia dictada en autos; siendo Ponente para la redacción de esta Sentencia el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS RUIZ MARTINEZ y
Se aceptan y dan por reproducidos los de la Sentencia apelada.
En el proceso de referencia el día 5 de Diciembre de 2000 se dictó sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales D. Juan Torreblanca Calancha en nombre y representación de D. Juan Antonio contra la Mercantil "Almacenes Saada", S.A., declaró resuelto el contrato de arrendamiento que une a las partes, condenando al demandado a dejar libre y a disposición del actor el local sito en la calle DIRECCION000 n° NUM000 , DIRECCION001 de esta ciudad, con apercibimiento de lanzamiento si no lo hace en el plazo legal, condenando a la demandada al pago de las costas".
Contra dicha resolución la Procuradora Dª. Isabel Herrera Gómez interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, habiéndose remitido los autos a esta audiencia a los efectos oportunos, previotraslado a la parte contraria quien presentó escrito de impugnación.
Tras los trámites legales se señaló día y hora para la deliberación y votación del presente recurso, que tuvo lugar el día 8 de Febrero del año en curso, a las 13,00 horas.
No se comparten los que en tal concepto refleja la sentencia impugnada en todo cuanto se opongan o desvirtúen los razonamientos jurídicos objeto de la subsiguiente exposición .
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