SAP Tarragona, 5 de Diciembre de 2002

PonenteMARIA DEL PILAR AGUILAR VALLINO
ECLIES:APT:2002:1841
Número de Recurso334/2002
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 1ª

SENTENCIA NUM.

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

Dª. Mª Pilar Aguilar Vallino

MAGISTRADOS

Dª Mª Desamparados Cerdá Miralles

D. Jordi Morató Aragonés Pamies

En Tarragona a cinco de diciembre de dos mil dos.

Visto ante la Sección 1ª de esta Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por Daniela representada por el Procurador Sr. Pujol Alcaine y asistida del Letrado Sr. Jara Trilla, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia n° 1 de Reus en fecha 11 Febrero 2002 en Juicio de Menor Cuantía n° 606/00, en el que consta como parte apelada María Cristina representada por la Procuradora Sra. Solé Ambrós.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida; y

PRIMERO

Que la sentencia recurrida contiene la siguiente parte dispositiva: "Que estimando como estimo la demanda, debo condenar y condeno a la parte demandada a que indemnice a la actora en la cantidad de 1.838.939 pts, con los intereses legales desde la interpelación judicial, así como a las costas casuadas del presente procedimiento".

SEGUNDO

Contra la mencionada sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada, solicitando su revocación a fin de que se proceda a desestimar la demanda. Admitido en ambos efectos; se dió traslado a la parte apelada para alegaciones, en cuyo trámite solicitó la desestimación del recurso y confirmación de la sentencia. Remitidas las actuaciones a esta Audiencia para la resolución del recurso interpuesto, se incoó el Rollo correspondiente.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias del procedimiento se han observado las normas legales, habiéndose procedido a deliberación y votación por este Tribunal el día señalado, con el resultado, por unanimidad, que se expresa.VISTO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª Mª Pilar Aguilar Vallino.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La sentencia apelada, estimando en parte la reclamación deducida en la demanda, condena a la arrendadora a pagar la indemnización correspondiente por deterioro de la ropa almacenada en el sótano del local arrendado causado por humedades. Se impugna alegando que la responsabilidad incumbe exclusivamente a la arrendataria al haber almacenado la ropa objeto de su negocio en un lugar inidóneo para ello, por ser la humedad característica propia de todos los sótanos, dado que está acreditado...

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