SAP Jaén 13/2004, 27 de Enero de 2004

PonenteMARIA ELENA ARIAS-SALGADO ROBSY
ECLIES:APJ:2004:105
Número de Recurso16/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución13/2004
Fecha de Resolución27 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 13

Iltmos. Sres.

PRESIDENTA: Dª. ELENA ARIAS SALGADO ROBSY

MAGISTRADO: D. JOSE REQUENA PAREDES

MAGISTRADO: D. JOSE ANTONIO CORDOBA GARCIA

En la Ciudad de Jaén, a Veintisiete de Enero de 2004.

Vistos en grado de apelación, por la Sección 2ª de esta Audiencia Provincial los Autos de Juicio Verbal, sobre desahucio por expiración del término contractual, seguidos en primera instancia con el número 99/2003, por el Juzgado de Primera Instancia nº Uno de Andújar, rollo de apelación de esta Audiencia número 16/2004, a instancia de D. Abelardo , representado en la instancia por el Procurador SR. Figueras Resino y defendido por el Letrado Sr. Carcelén Barba, contra Dª Natalia , representada en la instancia por el Procurador SR. Nieto López y defendida por el Letrado Sr. Caño Orero.

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº Uno de Andújar, con fecha 16 de octubre de 2003.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: ,Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. José María Figueras Resino, en nombre y representación de d. Abelardo , contra Dª. Natalia , debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito en fecha 1 de febrero de 2002 entre las partes, sobre el local comercial sito en la planta baja, de la casa nº NUM000 de la AVENIDA000 de Arjonilla (Jaén), condenando a la demandada a dejarlo libre y expedito, a disposición del actor, en el plazo legal, con apercibimiento de lanzamiento; todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó e interpuso por la parte demandada en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido por el Juzgado de Primera Instancia nº Uno de Andújar, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso en el error en la apreciación de la prueba, y solicitando una sentencia desestimatoria de la demanda.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación, se presentó escrito de oposición por la parte actora, remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, con emplazamiento de las partes ante la misma; y turnadas a esta Sección Segunda, se formó el rollo correspondiente con designación de Ponente, quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna previa deliberación y votación que tuvo lugar el día de hoy.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Siendo Ponente la Magistrada Dª ELENA ARIAS SALGADO ROBSY.NO ACEPTANDO los Fundamentos de Derecho de la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia dictada en la instancia estima la demanda de resolución de contrato de arrendamiento de local de negocio, destinado a oficina de farmacia por expiración del término contractual, al considerar incumplida por la demandada, arrendataria la obligación contenida en el contrato de arrendamiento suscrito por las partes, el 1 de febrero de 2002, de comunicar fehacientemente, con un mes de antelación a la fecha de vigencia inicial del mismo, 8 de febrero de 2002, su derecho de prorroga por otro año.

Frente a dicha sentencia, se alza la parte demandada alegando que la misma no tiene en cuenta la totalidad de las relaciones contractuales existentes entre las partes, consistentes en la previa compra de los derechos de titularidad de la oficina de farmacia instalada en el local objeto de arrendamiento, cuyo 90% del precio ascendió a 850.661,78 euros, negociación para la compra del local, respecto del que incluso se redactó y firmó un contrato de compraventa...

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