SAP Murcia 26/2008, 18 de Enero de 2008
Ponente | JUAN MARTINEZ PEREZ |
ECLI | ES:APMU:2008:65 |
Número de Recurso | 254/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 26/2008 |
Fecha de Resolución | 18 de Enero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
MURCIA
SENTENCIA: 00026/2008
Rollo núm. 254/07
Apelación Civil.
SENTENCIA NÚM. 26/2.008
Ilmos. Señores:
D. CARLOS MORENO MILLAN
Presidente
D. JUAN MARTINEZ PEREZ
D. JUAN ANTONIO JOVER COY
Magistrados
En la Ciudad de Murcia a dieciocho de enero de dos mil ocho.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Murcia, con el núm. 1.387/05, entre las partes: como actor en primera instancia y apelante en esta alzada, D. Inocencio, en primera instancia representado por la Procuradora Dña. Águeda-María Meseguer Guillén y en esta alzada por el Procurador D. Juan Antonio Salmerón Buitrago, actuando él mismo en su defensa; y como parte demandada en primera instancia, Dña Lidia y Dña. Marí Luz, en ambas instancias representadas por el Procurador D. Miguel Tovar Gelabert, siendo defendidas en ambas instancias por el Letrado D. José Antonio Tovar Gelabert.
Ha sido Ponente de esta Sentencia, el Ilmo. Sr. Magistrado, D. JUAN MARTINEZ PEREZ, que expresa la convicción del Tribunal.
Que el Juzgado de instancia citado, con fecha 19 de septiembre de 2006, dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que desestimando la demanda presentada por la Procuradora Dª ÁGUEDA MARÍA MESEGUER GUILLÉN en nombre y representación de D. Inocencio contra Dª. Lidia Y Dª Marí Luz representadas por el Procurador D. MIGUEL TOVAR GELABERT, debo absolver a la parte demandada de las pretensiones aducidas en su contra, todo ello con expresa condena en costas a la parte actora"
Que contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por la parte actora, D. Inocencio, siéndole admitido, dándose traslado a la parte demandada, que una vez finalizado el plazo concedido para alegaciones no formuló escrito de contrario, siendo emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, formándose el presente rollo, designándose Magistrado Ponente por turno, personándose la parte actora y la demandada en esta alzada y señalándose Deliberación y Votación para el día dieciocho de enero de 2.008.
Que en la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
En el recurso de apelación formulado en nombre y representación de D. Inocencio se pretende que se revoque la sentencia de instancia, dictándose en su lugar otra por la que se estime la demanda, alegando como fundamento, en síntesis, que la sentencia recurrida hace absoluta abstracción de las pruebas practicadas, refiriendo la hoja de encargo profesional, el cumplimiento del contrato por el letrado con sus clientes; que el documento nº 8 prueba de forma palmaria que se adeudan sus honorarios; que el documento nº 5 es un auténtico reconocimiento de deuda, habiendo sido reconocida su firma por las demandadas en el acto de juicio; que las demandadas tienen reconocido que se les entregó la minuta; que el documento nº 1 acompañado con la contestación a la demanda es...
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