SAP Madrid 137/2005, 25 de Febrero de 2005
Ponente | JUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ-VALDES |
ECLI | ES:APM:2005:1970 |
Número de Recurso | 135/2004 |
Número de Resolución | 137/2005 |
Fecha de Resolución | 25 de Febrero de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 10ª |
D. JUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ-VALDESD. JOAQUIN NAVARRO ESTEVAND. JOSE GONZALEZ OLLEROS
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 10
MADRID
SENTENCIA: 00137/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
MADRID
Sección 10
1280A
C/ FERRAZ 41
Tfno.: 913971937/913971947 Fax: 913971935
N.I.G. 28000 1 7001940 /2004
Rollo: RECURSO DE APELACION 135 /2004
Autos: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 74 /2003
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 36 de MADRID
De: Mónica
Procurador: JUAN ANTONIO GARCIA SAN MIGUEL ORUETA
Contra: Nieves
Procurador: FEDERICO JOSE OLIVARES DE SANTIAGO
PONENTE: ILMO. SR. D. JUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ VALDÉS
SENTENCIA
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOAQUIN NAVARRO ESTEVAN
D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS
D. JUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ VALDÉS
En MADRID , a veinticinco de febrero de dos mil cinco.
La Sección Décima de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos nº 74/03, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 36 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante Dª Mónica, representada por el Procurador D. Juan Antonio García San Miguel y Orueta y defendida por Letrado, y de otra como demandada-apelada Dª Nieves, representada por el Procurador D. Federico José Olivares de Santiago y defendida por Letrado, seguidos por el trámite de juicio ordinario.
VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo.Sr. D. JUAN LUIS GORDILLO ALVAREZ VALDÉS.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 36 de Madrid, en fecha 19 de noviembre de 2003, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:" Desestimando la demanda interpuesta por el procurador D. JUAN ANTONIO GARCIA SAN MIGUEL Y ORUETA en nombre y representación de Dª Mónica contra Dª Nieves, debo ABSOLVER Y ABSUELVO a esta de la misma, con imposición de las costas a la demandante.".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante. Admitido el recurso de apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.
Por providencia de esta Sección, de fecha 5 de noviembre de 2004, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 21 de febrero de 2005.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Se aceptan los de la sentencia apelada.
Para el correcto enjuiciamiento de la cuestión debatida en esta alzada procede dejar establecido que, suscrito el contrato de arriendo objeto de autos el 21-9-1935, el 31-8-1956 aconteció la primera subrogación a favor de Dª Amanda (esposa del titular arrendaticio); igualmente, el 27-6-1959 aconteció la 2ª subrogación a favor del hijo de la arrendataria D. Fidel, el cual falleció el 5-10-2000.
Sentado lo anterior y debatiéndose en esta alzada si procede la subrogación de la viuda de D. Fidel, Dª Nieves, como punto de partida es de reseñar que no nos encontramos ante el supuesto contemplado en la Disposición Transitoria Segunda 5 de la LAU vigente (1994) al no...
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