SAP Lleida 458/2000, 19 de Octubre de 2000
Ponente | JOAQUIN ARMANDO BERNAT MONJE |
ECLI | ES:APL:2000:740 |
Número de Recurso | 362/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 458/2000 |
Fecha de Resolución | 19 de Octubre de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lleida, Sección 2ª |
SENTENCIA NUM. 458/2000
En la ciudad de Lleida, a diecinueve de octubre de dos mil
Vistos, ante la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio ordinario de menor cuantía núm. 375/99 del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Lleida, Rollo de Sala número 362/00, en el que son parte: como apelante, el actor, D. Rogelio , con domicilio en Barcelona y D.N.I. nº NUM000 , representado por la Procuradora Dña. Mª José Altisent Camarasa y asistido por el Letrado D. Salvador Barroso Moreno. Es parte apelada, el demandado, D. Franco , con domicilioen Barcelona y D.N.I. NUM001 , representado por la Procuradora Dña. Carmen Clavera Corral y asistido por el Abogado D. José Mª Bracons Clapés. Es Ponente en esta resolución, el Ilmo Sr. Magistrado Suplente D. JOAQUÍN BERNAT MONJE, quien expresa el parecer de la Sala.
Se aceptan y dan por reproducidos los de la sentencia apelada.
En los autos de referencia, el día catorce de junio del año 2.000, recayó sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:" Que estimando como estimo parcialmente demanda y reconvención DEBO DE DECLARAR Y DECLARO resuelto el contrato de ejecución de obra realizado entre Rogelio y Franco . Asimismo DEBO DE CONDENAR Y CONDENO a Rogelio a que una vez firme esta sentencia satisfagan a la parte actora la suma de 163.000 Ptas. así como los intereses correspondientes y debiendo cada parte satisfacer las costas causadas a su instancia y las comunes por mitades."
Contra esta resolución, la Procuradora Dña. Mª José Altisent Camarasa, en nombre de
D. Rogelio , interpuso en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido a trámite, remitiéndose los autos a la sección segunda de esta Audiencia Provincial, a los efectos legales oportunos.
Formado el oportuno Rollo, la Vista tuvo lugar el día 16 de octubre del año 2.000, en la que parte apelante interesó la revocación de la sentencia recurrida y la parte apelada, su total confirmación.
En la tramitación de ambas instancias, se han observado las prescripciones legales establecidas.
Con fecha indeterminada, el actor Sr. Rogelio encargó al demandado una serie de reformas en un edificio, propiedad del primero, sito en la CALLE000 de la localidad de l´Albi . Existen en los presentes autos dos presupuestos, el primero librado por el Sr. Franco , de fecha 16-11-95, por valor de
4.473.700 pesetas y el segundo, Sr. Jose Antonio (5-11-95), por 2.962.285 pesetas. Comenzadas las obras y transcurrido un tiempo determinado, se dio por finalizada la relación contractual, entendiendo el actor que, tras haber entregado al Sr. Franco 3 millones de pesetas (a cuenta del importe total de lo restaurado) y según un Informe Valorativo, efectuado por el Arquitecto Técnico D. Mauricio , en virtud del cual el importe real de los trabajos efectuados en el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba