SAP Zaragoza 100/2005, 1 de Marzo de 2005
Ponente | MARIA ELIA MATA ALBERT |
ECLI | ES:APZ:2005:557 |
Número de Recurso | 509/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 100/2005 |
Fecha de Resolución | 1 de Marzo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª |
SENTENCIA NÚMERO 100-05
Ilmos. Señores:
Presidente:
D. JULIAN CARLOS ARQUÉ BESCÓS
Magistrados:
D. FRANCISCO ACIN GARÓS
Dª. MARIA ELIA MATA ALBERT
En ZARAGOZA, a uno de marzo de dos mil cinco.
VISTO por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1325 /2003, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 9 de ZARAGOZA , a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 509/2004, en los que aparece como parte apelante ANARE S.A. representado por el procurador D. JOSE ANDRES ISIEGAS GERNER, y asistido por el Letrado D. JULIO ANTONIO ARRIBAS VIDAL, y como apelado D. Pedro Enrique representado por el procurador D. ROBERTO POZO PARADIS, y asistido por el Letrado D.SERGIO BAQUERO YAGÜE; en cuyos autos en fecha 2 de junio de 2004 se dictó Sentencia que estimó parcialmente la demanda.
Se aceptan los que figuran en la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Estimo en parte la demanda interpuesta por "Anare,S.A.", contra don Pedro Enrique , y condeno al demandado a pagar a la actora la cantidad de CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHO EUROS CON DIEZ CENTIMOS -4.808,10- más los interesares por mora procesal. Cada parte pagará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad."
Contra dicha Sentencia, la parte actora presentó escrito de preparación del recurso de apelación, y dentro del término de emplazamiento, escrito de interposición del recurso de apelación, del que se dio traslado a la parte contraria.presentando dentro del término de emplazamiento escrito de Oposición. Seguidamente se remitieron los autos a esta Sala para la resolución de la apelación.
No habiéndose aportado nuevos documentos, ni propuesto prueba, ni considerándose necesaria la celebración de Vista, se señaló para deliberación y votación el día 22 de febrero de 2005.CUARTO.- Que en la tramitación de la apelación se han observado todas las prescripciones legales a excepción de que no se ha podido cumplimentar el plazo al que se refiere el art. 465 de la Ley de Enjuiciamiento Civil al pender de resolución ante esta Sala un elevado número de recursos.
Habiendo sido ponente en esta apelación la Ilma. Sra. Magistrada Ponente Dª MARIA ELIA MATA ALBERT.
La Sentencia dictada en la instancia estimó parcialmente la demanda formulada por ANARE S.A., condenando al demandado a abonarle 4.808,10 Euros, con los intereses por mora procesal correspondientes, y sin hacer declaración de las costas causadas y, contra ella se alza la parte actora, suplicando su revocación y la estimación íntegra de la demanda deducida, encaminada a la condena al abono de 12.020,24 Euros por la resolución unilateral de los contratos entre ambos suscritos...
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