SAP Madrid 555/2004, 27 de Julio de 2004
Ponente | JOSE LUIS ZARCO OLIVO |
ECLI | ES:APM:2004:11131 |
Número de Recurso | 363/2003 |
Número de Resolución | 555/2004 |
Fecha de Resolución | 27 de Julio de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª |
D. JOSE LUIS ZARCO OLIVOD. MODESTO DE BUSTOS GOMEZ-RICOD. CARLOS CEZON GONZALEZ
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 13
MADRID
SENTENCIA: 00555/2004
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 13
1280A
FERRAZ 41
Tfno.: 3971921 Fax: 3971998
N.I.G. 28000 1 7005338 /2003
Rollo: RECURSO DE APELACION 363 /2003
Proc. Origen: MONITORIO 139 /2002
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 3 de MADRID
De: T'KOM INTERNET ADVERTISING,S.A.
Procurador: AMPARO IVANA ROUANET MOTA
Contra: Gema
Procurador: SERGIO PRIETO SANCHEZ-RUBIO
Ponente: ILMO. SR. D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO
Magistrados:
Ilmo. Sr. D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO
Ilmo. Sr. D. CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ
Ilmo. Sr. D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO
SENTENCIA
En Madrid, a veintisiete de julio de dos mil cuatro. La Sección Decimotercera de la
Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Monitorio sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de los de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelado Dª. Gema, y de otra, como demandado-apelante T´KOM, INTERNET ADVERTISING, S.A.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 3, de los de Madrid, en fecha treinta de enero de dos mil tres, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo, la oposición formulada por la parte demandada a la petición inicial de éste procedimiento, instada por la demandante Doña Gema, debiendo condenar y condenando al demandado entidad T´Kom Internet Advertising S.A., a que haga total y completo pago a la parte demandante de la cantidad de Mil Ochocientos cincuenta yd os euros con diecinueve centimos, equivalentes a 308.178 pts. Debiendo asimismo, desestimar y desestimando la demanda reconvencional formulada por T´Kom Internet Advetising S.A., contra Doña Gema, a quien debo absolver y absuelvo de la totalidad de las pretensiones de la demandada reconviniente contenidas en su escrito de reconvención. Todo ello con expresa imposición de la totalidad de las costas de éste procedimiento a la parte demandada y reconviniente".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, del cual se dio traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.
Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día catorce de julio de dos mil cuatro.
En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.
Se aceptan los contenidos en la resolución impugnada en cuanto no se opongan a los siguientes.
Por la Procuradora D.ª Amparo Ivana Rouanet Mota, representando a T´KOM INTERNET ADVERTISING S.A., se interpuso recurso de apelación contra la sentencia dictada en fecha 30 de enero de 2003 por el Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de los de Madrid, que estimó la demanda presentada por D.ª Gema contra aquella, en la que solicitaba que se condenase a la demandada a pagarle la cantidad de 308.178 Ptas., más los intereses correspondientes, basando su pretensión en una factura por explotación publicitaria en página...
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