SAP Madrid, 18 de Octubre de 2002

PonenteANTONIO ROMA ALVAREZ
ECLIES:APM:2002:12144
Número de Recurso478/2000
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

SENTENCIA

En Madrid, a dieciocho de Octubre de dos mil dos.

La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Declarativo de Menor Cuantía sobre Interpretación de contratos.- obligaciones del arrendador.- Daños y perjuicios, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 54 de Madrid, seguidos entre partes, de una como demandantes-apelados

D. Gregorio Y D. Matías representados por la Procuradora Dª Yolanda Luna Sierra y defendidos por la Letrada Dª Nieves Bronet Sinovas, y de otra como demandado-apelante D. Jose Ignacio , representado por el Procurador D. Julio Antonio Tinaquero Herrero y defendido por el Letrado D. Manuel Vicente Vallina Rodríguez y como demandada-apelada Dª Daniela , representada en los Estrados del Tribunal por su incomparecencia en esta Audiencia.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Antonio Roma Alvarez

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 54 de Madrid, en fecha 13 de marzo de 2000, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Fallo: "Que estimando en parte la demanda interpuesta por la procuradora Dña. Remedios Yolanda Luna Sierra, en nombre y representación de D. Gregorio y D. Matías , en contra de D. Jose Ignacio y Dña. Daniela , representados por el procurador D. Julio Tinaquero Herrero, he de condenar y condeno a los citados demandados al pago de UN MILLON DE PESETAS (1.000.000.- ptas) así como a indemnizar a la actora por los daños y perjuicios que se han estimado en esta resolución cuya cuantía se determinará en ejecución de sentencia, abonando cada parte las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad."

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandada D. Jose Ignacio , que fué admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que comparecieron las partes en tiempo y forma bajo las expresadas representaciones, no verificándolo la parte demandada Dª Daniela por lo que en cuanto a la misma se han entendido las actuaciones en los Estrados del Tribunal, substanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

La vista pública celebrada el día 16 de octubre de 2002, tuvo lugar con la intervención de los referidos Letrados, que informaron cuanto creyeron conveniente en apoyo de sus pretensiones.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los contenidos en la sentencia recurrida, no contrarios a lo que seguidamente se expondrá.

SEGUNDO

El planteamiento del presente litigio obliga a realizar un detallado examen del contrato de arrendamiento que los ahora litigantes...

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