SAP Huesca 347/1994, 16 de Diciembre de 1994

PonenteGONZALO GUTIERREZ CELMA
Número de Recurso138/1994
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución347/1994
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 1994
EmisorAudiencia Provincial - Huesca

Sentencia Apelación Civil Número 347

PRESIDENTE *

D.RAMIRO SOLANS CASTRO *

MAGISTRADOS *

D.SANTIAGO SERENA PUIG *

D.GONZALO GUTIERREZ CELMA *

*

En la Ciudad de Huesca, a die-ciséis de Diciembre de mil novecientos noventa y cuatro.

Vistos en nombre del Rey por esta Audien-cia Pro-vincial, en grado de apela-ción, los autos segui-dos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instruc-ción de Monzón, como juicio ejecutivo regis-trado al número 404/93, pro-movido por la Compañía Mercantil Promoleasing S.A. como demandan-te, con-tra Carlos Daniel y Carmen , como demanda-dos; pendientes ante esta Audiencia Provin-cial en virtud del pre- sente recurso de apela-ción, trami-tado al número 138 del año 1994 (B), interpuesto por la citada demandante, que actúa en esta alzada representada por la Procuradora Doña Esther del Amo Lacambra, siendo defen-dida por el Abogado Don José Garzón Nieto; habiendo compareci-do también ante este Tribu-nal, para la sustan-ciación de este recur-so, en su calidad de apela-dos, los indicados demandados, representa-dos por el Procu-rador Don Mariano Laguarta Recaj y defendi- dos por el Aboga-do Don Angel Cabrero Barlés; actuan-do como Ponente el Ilmo. Sr. Magis-trado Don GONZALO GUTIERREZ CELMA,- quien expresa el pare-cer de esta Sala sobre la resolu-ción que merece el presen-te recurso-, en el que aparecen y son de aplicación los si-guien-tes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Aceptamos y damos por reproducidos los señalados en la resolución impugnada.

SEGUNDO

El indicado Juzgado de Primera Instancia, en el proce-dimiento anteriormente circunstanciado, dictó la Sentencia recurrida cuya parte dispositiva es del siguiente tenor lite-ral: "Fallo.- Que debo estimar y estimo la oposición presentada por la Procuradora Sra. Bestué en nombre y representación de los demandados, acordando la nulidad del Juicio Ejecutivo, condenando a cada parte al pago de las costas ocasionadas a su instancia.".

TERCERO

Notificada la indicada Sentencia a los interesados, interpuso en tiempo y forma la demandante el presente recur-so de apelación, el cual fue admitido, elevándose los autos a esta Sala, tras el oportuno emplazamiento de las partes quienes comparecieron debidamente y en tiempo hábil en el presente rollo, sustanciándose con ellas el recurso por los trámites señalados en la Ley; teniendo lugar el acto de la Vista Pública en el día y hora previamente señalados, con la asistencia de la partes personadasindicadas en el encabeza-miento de esta reso-lución, solicitando la apelante la estima-ción de su alzada, interesando concretamente la revocación de la Senten-cia discu-ti-da, para que se procediera a estimar su demanda, con las costas de ambas instancias a cargo de los ejecutados; y pidiendo la apelada la desestima-ción del recurso por los propios fundamen-tos de la resolución impugnada. Seguidamente, después de informar las partse en defensa de sus pretensiones, se procedió a la delibera-ción de esta resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia controvertida ha declarado la nulidad del presente juicio ejecutivo por considerar, sustancialmente, que la cláusula de vencimiento anticipada por impago de cuotas pactada en el contrato de arrendamiento financiero o leasing que vincula a las partes debía considerarse ilícita por ir contra la causa y finalidad del contrato desde el momento que, a...

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