SAP Murcia 272/2002, 16 de Julio de 2002

PonenteMATIAS MANUEL SORIA FERNANDEZ-MAYORALAS
ECLIES:APMU:2002:1887
Número de Recurso227/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución272/2002
Fecha de Resolución16 de Julio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª

SENTENCIA 272

Iltmos. Sres.

D. Fernando J. Fernández Espinar López

D. Matías M. Soria Fernández Mayoralas

Dª Julia Fresneda Andrés

En la ciudad de Cartagena, a dieciséis de Julio de dos mil dos.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, integrada por los Iltmos. Sres. Expresados al margen, ha visto los autos de Menor Cuantía n. 370/90 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia n. 1 de San Javier de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada TELEFONICA DE ESPAÑA S.A., habiendo intervenido en la alzada dichas partes, en su condición de recurrentes, representados por el Procurador D. Alfonso Vicente Pérez Cerdá y dirigidos por el Letrado D. José Ríos Moreno y como apelada CASTILLEJOS S.A., representado por la Procuradora Dª Rosa N. Martínez Martínez con la dirección del Letrado D. Juan García García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia n° 1 de San Javier en los referidos autos, tramitados con el núm. 370/90, se dictó sentencia con fecha 20-11-01, cuya parte dispositiva dice entre otras lo siguiente: "Que ESTIMANDO TOTALMENTE la demanda interpuesta por la procuradora Dª Rosa Nieves Martínez Martínez, en nombre y representación de CASTILLEJOS S.A. en el juicio de menor cuantía n. 370/00 sobre RECLAMACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS, seguido solidariamente, contra le entidad EMCESA, en situación de rebeldía procesal, contra TELEFONICA DE ESPAÑA S.A. representada por el Procurador Sr. Pérez Cerdán y contra la entidad MUTURA RURAL DE SEGUROS S.A. representada por el Procurador Sr. Marcilla Onate, DEBO CONDENAR Y CONDENO solidariamente a EMCESA, a TELEFONICA DE ESPAÑA SA. y a MUTUA RURAL DE SEGUROS S.A. a abonar al actor la cantidad de TRESCIENTAS NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTAS ONCE PESETAS (394.311 ptas.) más los intereses devengados por dicha cantidad desde la fecha de interposición de la demanda, y todo con la expresa imposición a las demandadas de las costas del procedimiento".SEGUNDO.- Contra dicha sentencia, se interpuesto recurso de apelación por la parte demandada en tiempo y forma que fue tramitado conforme a lo dispuesto en el art. 457 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Y remita a este Tribunal, donde se formó el correspondiente Rollo de Apelación y entregados los autos a las partes para instrucción y al Magistrado Ponente se señalo día para la votación y Fallo que tuvo lugar el día de la fecha.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Matías M. Soria Fernández Mayoralas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la Sentencia del Juzgado de 1ª Instancia que estimando la demanda condena solidariamente a EMCESA, TELEFONICA DE ESPAÑA S.A. Y MUTUA RURAL DE SEGUROS S.A. al pago de los daños reclamados, intereses y costas, se formula recurso de apelación por Telefónica de España S.A. porque existe error en la apreciación de la prueba por parte del Juzgador de Instancia y que existe error en la aplicación del derecho y en el pago de los intereses.

Por la parte demandante se formuló oposición al recurso solicitando la confirmación de la sentencia por los propios fundamentos de la misma.

SEGUNDO

Alega el apelante en primer lugar que la sentencia no da una respuesta motivada, fundada en derecho y congruente con las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR