SAP Murcia 264/2003, 9 de Septiembre de 2003

PonenteJOSE JOAQUIN HERVAS ORTIZ
ECLIES:APMU:2003:2174
Número de Recurso244/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución264/2003
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª

SENTENCIA Nº 264

Vistos, en grado de apelación, por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, integrada por los Iltmos. Sres. expresados, los autos de juicio ordinario número 48/02 (Rollo nº 244/03), que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia número seis de Cartagena, siendo partes, como demandante, "DASA, SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA", representada por la Procuradora Dª.María de la Soledad Para Conesa y defendida por el Letrado

D.Estanislao Delegido Carrión, y, como demandada, "RECUPERACIONES CARTAGENA, S.L.", representada por el Procurador D.Alejandro Lozano Conesa y defendida por la Letrada Dª.Isabel Menchón Cruzado, actuando en esta alzada, como apelante, "RECUPERACIONES CARTAGENA, S.L.", y, como apelada, "DASA, SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA", ambas partes con la misma representación y defensa que tenían en primera instancia, ha sido Magistrado ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ JOAQUÍN HERVÁS ORTIZ, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número seis de Cartagena, en los referidos autos de juicio ordinario, tramitados con el número 48/02, se dictó Sentencia con fecha 12 de febrero de 2.003, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Estimar la demanda interpuesta por la Procuradora Doña Soledad Para Conesa en nombre y representación de la mercantil DASA, SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA contra RECUPERACIONES CARTAGENA, S.L., con desestimación de la reconvenciónformulada por ésta contra aquella, declarando válido y eficaz el contrato de opción de compra de 1-4-2000 y ejercitado en tiempo y forma el derecho de opción, quedando perfeccionado el contrato de compraventa de la finca que se describe como "terreno situado en el término municipal de Cartagena, Paraje de la Campana, Diputación de El Plan, de superficie 4.500 metros cuadrados, que linda:; Norte: resto de finca matriz; Sur: calle La Vía; Este, carretera general de Madrid a Cartagena, actual acera pública; Oeste: prolongación prevista de la calle Llagostera", condenando a la demandada a otorgar a favor de la actora escritura pública de compraventa de la finca, en los términos pactados en el contrato de 1-4-2000, con condena al pago de las costas procesales".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se preparó recurso de apelación por la parte demandada, que, una vez admitido a trámite, interpuso en tiempo y forma, exponiendo por escrito y dentro del plazo que al efecto le fue conferido, la argumentación que le sirve de sustento. Del escrito de interposición del recurso se dio traslado a la parte actora, emplazándola por diez días para que presentara escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resultara desfavorable, dentro de cuyo término presentó escrito de oposición al recurso, solicitando la confirmación de la Sentencia dictada en primera instancia, con expresa condena en costas a la contraparte. Seguidamente, se remitieron los autos a este Tribunal, donde se formó el correspondiente rollo de apelación, con el número 244/03, que ha quedado para Sentencia sin celebración de vista, tras señalarse para el día 9 de septiembre de 2.003 su votación y fallo.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la Sentencia de primera instancia, que estima las pretensiones esgrimidas por la parte actora, en relación con el contrato de opción de compra suscrito entre las partes en fecha 1 de abril de

2.000, interpone recurso de apelación la parte demandada, solicitando la revocación de dicha Sentencia y que se dicte otra por la que, estimando su demanda reconvencional, se declare resuelto el citado contrato de opción de compra, con expresa imposición de las costas de ambas instancias a la parte apelada. Pese a la extensión del recurso de apelación interpuesto, es lo cierto que la cuestión litigiosa es bastante más simple de lo que, a primera vista, cabe pensar; se trata, simplemente, de analizar la esencia de la figura jurídica de la opción de compra y de interpretar las cláusulas del contrato suscrito por las partes, a la luz de los artículos 1.281 y siguientes del Código Civil, tratando de introducir orden y claridad en el confuso y -como veremos- erróneo planteamiento que se realiza en el escrito de interposición del recurso. En efecto, la búsqueda de la deseable claridad exige precisar, en primer lugar, en que consiste la figura de la opción de compra; y, para ello, nada mejor que acudir a la Jurisprudencia del Tribunal Supremo, que, en Sentencia de fecha 21 de julio de 1.993...

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