SAP Murcia 256/2004, 22 de Septiembre de 2004

PonenteCARLOS MORENO MILLAN
ECLIES:APMU:2004:2002
Número de Recurso221/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución256/2004
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 256

En la ciudad de Murcia, a veintidós de septiembre de dos mil cuatro.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Cuarta de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario nº 215/2003 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado Civil nº 3 de Totana entre las partes, como actora y ahora apelante Instituto de Crédito Oficial, representado por el Procurador Sr. Jiménez Martínez y defendido por el Letrado Sr. Pérez Broseta y como demandado y ahora apelado Don Francisco , representado por la Procuradora Sra. Núñez Herrero y defendido por el Letrado Sr. López Martínez. Siendo ponente el Ilmo. Sr. D. Carlos Moreno Millán que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de instancia citado, con fecha 7 de enero de 2004 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así; FALLO: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sr. Jiménez Martínez, en nombre y representación de "Instituto de Crédito Oficial" frente D. Francisco debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 4.808,10 euros (cuatro mil ochocientos ocho euros con diez céntimos de euro) así como los intereses de demora del 13% devengados desde el 2 de octubre de 2002, fecha de cierre de la operación, declarándose prescritos los intereses remuneratorios, debiendo abonar cada parte las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad." .

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, interpuso recurso de apelación la parteactora basado en disconformidad con la prescripción de los intereses remuneratorios y fecha de devengo de los moratorios.

Admitido a trámite el recurso, se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia apelada.

Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a ésta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Cuarta donde se registraron con el número 221/2004 de Rollo. En proveído del día 9 de septiembre de 2004 se acordó traer los autos a la vista para dictar Sentencia, señalándose para la celebración de la votación y fallo el día de hoy.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente al contenido de la sentencia de instancia que estima en parte la acción ejercitada por la actora el Instituto de Crédito Oficial contra el demandado Don Francisco en reclamación de la cantidad de 14.603,44 euros importe del saldo deudor derivado del impago de la póliza de préstamo concertado en su día por el citado demandado y la entidad Banco de Crédito Agrícola, la referida parte actora disconforme con el mencionado pronunciamiento judicial comparece en esta alzada interesando la revocación de dicha sentencia con respecto a los siguientes pronunciamientos: de un lado, en relación con la prescripción de los intereses remuneratorios reclamados, y de otra parte, en lo relativo a la fecha de devengo del interés de demora pactado en la póliza.

SEGUNDO

Concretadas en los indicados términos las distintas cuestiones impugnatorias suscitadas en esta apelación, entiende este Tribunal, tras la revisión de todo lo actuado en los presentes autos, que no asiste razón a la parte recurrente en las pretensiones que interesa, por lo que procede, como seguidamente se argumentará, la total e íntegra confirmación de la sentencia apelada.

Así y en relación con la primera cuestión planteada, referida a la prescripción de los intereses remuneratorios, este Tribunal, no obstante reconocer que el criterio jurisprudencial en esta materia se muestra confuso y a veces...

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