SAP Madrid 415/2005, 1 de Julio de 2005

PonenteJOSE MARIA GUGLIERI VAZQUEZ
ECLIES:APM:2005:8210
Número de Recurso407/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución415/2005
Fecha de Resolución 1 de Julio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 25ª

D. JOSE MARIA GUGLIERI VAZQUEZD. FRANCISCO RAMON MOYA HURTADO DE MENDOZAD. CARLOS LOPEZ-MUÑIZ CRIADO

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 25

MADRID

SENTENCIA: 00415/2005

Fecha: 1/07/2005

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 407/2004

Ponente: ILMO. SR. D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ

Apelante: ATLANTIS COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.

PROCURADOR: D. FRANCISCO JOSÉ ABAJO ABRIL

Apelado: D. Serafin

PROCURADOR: SIN ASIGNAR

Autos: JUICIO VERBAL-TRÁFICO N. 749/2003

Procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 2 DE ALCALÁ DE HENARES (MADRID)

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. FRANCISCO MOYA HURTADO

D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ

D. CARLOS LÓPEZ MUÑIZ CRIADO

En MADRID, a uno de julio de dos mil cinco.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 25 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO VERBAL 749/2003, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 2 de ALCALÁ DE HENARES, a los que ha correspondido el Rollo 407/200 , en los que aparece como parte apelante: ATLANTIS, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. representada por el procurador D. FRANCISCO JOSÉ ABAJO ABRIL, y como apelado: D. Serafin, SIN PROFESIONAL ASIGNADO, sobre en reclamación de cantidad intereses y costas, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ MARÍA GUGLIERI VÁZQUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que los autos originales núm. 749/03, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 2 de los de Alcalá de Henares, fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

SEGUNDO

Que por la Ilma. Sra. Dª. Victoria Sáinz de Cuetro Torres, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Alcalá de Henares, se dictó sentencia 54/04 con fecha 29 de Marzo de 2004, cuya PARTE DISPOSITIVA dice así: FALLO.- "Que debía desestimar la demanda interpuesta por ATLANTIS SEGUROS, S.A. contra Serafin, con condena a la actora de todas las costas de este juicio."

TERCERO

Que contra dicha Sentencia se preparó e interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandante, la Procuradora Sra. Dª. Ana Lourdes González Olivares, y mantenido en la actualidad por el Procurador Sr. D. Francisco José Abajo Abril, dándole traslado del mismo a la parte demandada, quien presentó en tiempo y forma escrito de oposición al recurso entablado; remitiéndose los autos a esta Sección Vigesimoquinta, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 23 de Junio del año en curso.

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Atlantis Seguros S.A., formula dos alegaciones que integran la motivación de su recurso de apelación. En la primera se plantea error de aplicación de los artículos 5,6 y 7 LRCSCVM y 3, 19 y 76 LCS y en la segunda, error en la valoración de la prueba ya que en las Condiciones Generales del Seguro suscrito por el Sr. Serafin aparece con toda claridad la exclusión cuando los daños sean consecuencia de la conducción bajo efectos del alcohol, en contra de lo declarado en la sentencia de instancia a propósito de la falta de inclusión de la cláusula que firmada por el asegurado claramente exprese que la cobertura no incluye supuestos de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas. Planteado en los términos que anteceden el recurso de apelación, constituyen presupuestos fácticos: que el 10 de Marzo de 2002, D. Serafin era propietario del Peugeot 306, F-....-FW asegurado en Atlantis; que la póliza era la nº. NUM000 cubriendo la modalidad del obligatorio y también del voluntario; que D. Serafin fue condenado como autor de un delito contra la seguridad del tráfico previsto y penado en el artículo 397 C.P. por el Juzgado de lo Penal nº. 3 de Alcalá de Henares en Sentencia de 10 de Febrero de 2003, por conformidad de las partes; que en la meritada sentencia se declaró la responsabilidad civil directa de Atlantis y que dicha aseguradora indemnizó al perjudicado D. Diego en 1.417,25 ¤ objeto de repetición en ejercicio de la acción contemplada en dicho artículo 7 LRCSCVM.

SEGUNDO

Partiendo de lo anterior, la fundamentación de la sentencia...

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