SAP Barcelona, 6 de Abril de 2000

PonenteMARIA DEL CARMEN VIDAL MARTINEZ
ECLIES:APB:2000:4449
Número de Recurso1102/1998
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 6 de Abril de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

Dª. MARIA EUGENIA ALEGRET BURGUÉS

Dª. MARÍA CARMEN VIDAL MARTÍNEZ

Dª. MARTA FONT MARQUINA

En la ciudad de Barcelona, a seis de abril de dos mil.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimocuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Menor Cuantía, número 264/1998 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia n° 8 de Terrassa , a instancia de Dª. Lucía , Dª Verónica y Dª. Camila , representadas por la Procuradora Dª. Eva Puig García y dirigido/as por la Letrada Dª. Dolors Carbonell Martín, contra BANCO DE SABADELL, S.A y BANSABADELL VIDA; S.A DE SEGUROS, representados por el Procurador D. Francisco Javier Espadaler Poch, y dirigidos por el Letrado D. Miquel Pagés Tort; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por los actores contra la Sentencia dictada en los mismos el día 31 de julio de 1.998 , por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Desestimo la demanda presentada por el Procurador D. Vicente Ruiz Amat en nombre y representación de Doña Lucía , Doña Camila , al estimarse la excepción de falta de legitimación pasiva frente al demandado Banco Sabadell, S.A. y no haber lugar a la petición contra Banco Sabadell Vida, S a de Seguros y Reaseguros.

Las costas serán abonadas por el actor".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las mismas por la representación de la parte actora se solicitó el recibimiento delpleito a prueba para la práctica de la prueba pericial Médica, y habiendo lugar a las mismas, se practicó la misma en fecha 18 de junio de 1.999. Se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 4 de abril de 2.000, con el resultado que obra en la precedente diligencia.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MARÍA CARMEN VIDAL MARTÍNEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la resolución recurrida, y

PRIMERO

La adecuada resolución de la problemática planteada en esta alzada, requiere la previa puntualización de los siguientes hechos: a) D. Alvaro -esposo y padre de las actoras aquí recurrentes- en fecha 26.11.1995, contando con 47 años de edad, y tras presentar desde hacía un año, sensación de distensión post-prandial, pirosis, regurgitación, vómitos alimentarios y pérdida de 10 kilos de peso, y tras haberle sido diagnosticada una estenosis pilórica, ingresó en un centro hospitalario para completar el estudio (folio 32). b) En fecha 7.12...

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