SAP Cádiz 46/2006, 29 de Mayo de 2006

PonenteMANUEL DE LA HERA OCA
ECLIES:APCA:2006:795
Número de Recurso97/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución46/2006
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 2ª

MANUEL DE LA HERA OCA MARGARITA ALVAREZ-OSSORIO BENITEZ ANTONIO MARIN FERNANDEZ

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CADIZ Rollo 97/2006

SECCION SEGUNDA Apelaciones civiles

S E N T E N C I A 46/06

Ilustrísimos Señores:

PRESIDENTE

Don Manuel de la Hera Oca

MAGISTRADOS

Doña Margarita Alvarez Ossorio Benítez

Don Antonio Marín Fernández

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

DE CADIZ NUMERO DOS

ASUNTO CIVIL NÚMERO 677/2.005

ROLLO DE SALA NUMERO 97/2006

En Cádiz a veintinueve de Mayo de dos mil seis.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Cádiz, integrada por los Ilmos. Srs. del margen, ha visto el Rollo de Apelación de la referencia, formado para ver y fallar la formulada contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia y en el Juicio Verbal dicho.

En concepto de apelante, ha comparecido "AGRUPACIÓN MUTUAL ASEGURADORA (A.M.A.)", representado por la Procura-dora Doña Isabel Gómez Coronil bajo la dirección jurídica del Letrado Don José Antonio Gutiérrez Trueba, personados ante este Tribunal.

Como apeladas actúan Doña Elvira y Doña Dolores , representadas por el Procurador Don Carlos Hortelano Castro con la asistencia del Letrado Don Francisco J. Reviriego de la Vega, comparecidos en la alzada.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Manuel de la Hera Oca, conforme al turno establecido.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia de Cádiz Número Dos se dictó Sentencia el día 23 de Noviembre de 2.005 por el citado Juzgado en el Juicio Verbal número 677/2.005 , en cuya Resolución se contenía el siguiente Fallo:

"Que estimando la demanda formulada por Doña Elvira y Doña Dolores contra AMA Seguros debo condenar y condeno a la entidad demandada a abonar a la señora Dolores la cantidad de 1.193'30 euros más los intereses legales procedentes conforme al artículo 20 LCS y las costas del procedimiento."

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes, por la representación procesal de "Agrupación Mutual Aseguradora (A.M.A.)" se interpuso recurso de apelación, que fue impugnado, tras de lo cual se recibieron las actuaciones en la Audiencia Provincial, se formó el oportuno Rollo para conocer del recurso y, personadas las partes, se entregaron al Ponente para proponer resolución.

TERCERO

Verificado lo anterior, reunida la Sala al efecto, previa deliberación y a propuesta del Ponente, se acordó el Fallo que se expresará.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

De lo actuado aparece que Doña Elvira tenía concertada una póliza con la entidad demandada y apelante, en la que habían pactado un contrato de seguros de automóviles en el que estaba incluido el llamado contrato de "seguro de defensa jurídica", que de acuerdo con lo dispuesto en la Sección novena del Titulo II de la Ley de Contrato de Seguro (en redacción dada por Ley 21/1990 de 19 de diciembre , para adaptar la Ley de contrato de seguro a la Directiva 88/357 /CEE, sobre Libertad de...

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