SAP Baleares 114/2007, 16 de Marzo de 2007

PonentePEDRO ANTONIO MUNAR BERNAT
ECLIES:APIB:2007:560
Número de Recurso27/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución114/2007
Fecha de Resolución16 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 5ª

SENTENCIA Nº 114

Ilmo. Sr. Presidente Acctal:

D. MATEO RAMÓN HOMAR

Ilmos. Sres. Magistrados:

Dª COVADONGA SOLA RUÍZ

D. PEDRO MUNAR BERNAT

En PALMA DE MALLORCA, a dieciséis de Marzo de dos mil siete.

VISTOS por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos, de Juicio Ordinario, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número 4 de Inca, bajo el Número 723/04, Rollo de Sala Número 27/07, entre partes, de una como demandante apelante la entidad "IZASA DISTRIBUCIONES TÉCNICAS, S.A", representada por el Procurador D. José Campins Pou y asistida por el Letrado D. Rafel Llado y Font; y de otra como demandado apelado D. Jose Pedro , representado por el Procurador D. Julián Ángel Montada Segura y asistido por el Letrado D. Gregorio Illescas Macho.

ES PONENTE el Ilmo. Sr. D. PEDRO MUNAR BERNAT.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo./a Sr./Sra. Juez, del Juzgado de Primera Instancia Número 4 de Inca en fecha 5 de junio de 2006 , se dicto sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Carmen Serra obrando en nombre y representación de la entidad Izasa Distribuciones Técnicas S.A contra D. Jose Pedro , debo absolver y absuelvo al demandado de las pretensiones contra él ejercitadas, con expresa imposición de las costas causadas a la parte actora".

SEGUNDO

Que contra la anterior sentencia y por la representación de la parte demandante, se interpuso recurso de apelación y seguido el recurso por sus trámites se celebró deliberación y votación enfecha 13 de marzo del corriente año, quedando el recurso concluso para Sentencia.

TERCERO

Que en la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La entidad actora se alza en apelación frente a la sentencia que desestima íntegramente la demanda que plantea, al estimar la falta de legitimación pasiva del demandado, al considerar que quien está obligado a satisfacer el precio de la prótesis implantada en el corazón del demandado es Mapfre Caja Salud, entidad aseguradora con la que tiene concertado una póliza de seguro de asistencia sanitaria.

La Sala en virtud de los razonamientos que a continuación se va a desarrollar entiende que otro debe ser el correcto entendimiento de la situación, procediendo la revocación de la sentencia y la estimación de la demanda.

Es un hecho incuestionado que el Sr. Jose Pedro fue sometido a una operación quirúrgica en la que se implantó una prótesis Oclusor Foramen Oval 018, referencia NUM000 . Así pues, resulta evidente que se ha visto beneficiado por su colocación y es quien disfruta de la misma. De ahí que prima facies esté legitimado pasivamente para que se le reclame el pago de la misma. El Sr. Jose Pedro alega que en virtud de contrato de seguro de asistencia sanitaria...

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