SAP Barcelona 346/2007, 26 de Junio de 2007
Ponente | IGNACIO SANCHO GARGALLO |
ECLI | ES:APB:2007:9572 |
Número de Recurso | 35/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 346/2007 |
Fecha de Resolución | 26 de Junio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCIÓN DECIMOQUINTA
rollo nº 35/06-2ª
JUICIO ORDINARIO Nº 754/2004
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 23 DE BARCELONA
SENTENCIA Núm.
Ilmos. Sres.
D. IGNACIO SANCHO GARGALLO
D. LUIS GARRIDO ESPA
D. BLAS ALBERTO GONZALEZ NAVARRO
En la ciudad de Barcelona, a veintiséis de junio de dos mil siete.
Vistos en grado de apelación, ante la Sección Quince de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de juicio ordinario, número 754/2004 seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 23 de Barcelona, a instancia de Agustín, representado por la procuradora Montserrat Guillemot Sala, contra TRANSPORTS ARANDA-ELADIO, S.L., representada por el procurador Francisco Ruiz Castel. Estos autos penden ante esta sala en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada el día 5 de octubre de 2005.
La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor siguiente:
"Estimando íntegramente la demanda interpuesta por D. Agustín contra TRANSPORTS ARANDA-ELADIO, S.L. condeno al demandado a abonar la cantidad de 5.052,10 euros intereses legales desde la presentación de la demanda de procedimiento monitorio de 7 de mayo de 2004 y costas del procedimiento".
La representación procesal de TRANSPORTS ARANDA-ELADIO, S.L. interpuso recurso de apelación contra la citada sentencia, de la que se dio traslado a la otra parte. Admitido a trámite en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Sala, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las mismas se siguieron los trámites legales. La votación y fallo del recurso se señaló para el día 22 de mayo de 2007.
En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. IGNACIO SANCHO GARGALLO.
La sentencia recurrida estima la demanda interpuesta por el Sr. Agustín en la que reclamaba a la entidad demandada, TRANSPORTS ARANDA-ELADIO, S.L. el importe de los servicios prestados, realizando los viajes que se enumeraban en la factura que acompañaba a la demanda, de fecha 30 de junio de 2003. La sentencia recurrida desestima la excepción de prescripción de la acción planteada por la entidad demandada, al considerar que no es aplicable el art. 951 Ccom, pues la relación contractual que mediaba entre las partes y que justificaba la reclamación no es de transporte sino de prestación de servicios, como conductor, siendo de aplicación el plazo general del art. 1964 CC. La sentencia rechazó también la excepción de compensación, en relación con lo que tuvo que satisfacer por daños ocasionados en uno de los transportes.
En su recurso de apelación, la demandada insiste en que la acción ejercitada en la demanda deriva del contrato de transporte, pues el actor fue subcontratado por la demandada para realizar diversos transportes con la cabeza tractora del actor, lo que obliga a aplicar el art. 951 Ccom, y consiguientemente a entender prescrita la acción ya que la factura...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Las Palmas 184/2014, 3 de Abril de 2014
...para el público, con arreglo a la jurisprudencia interpretativa del precepto legal, y en este sentido, declara la S. AP. Barcelona, Sección 15, de fecha 26 de junio de 2007, RJ. 2007, 1845, num. 346/2007, con referencia al caso en ella contemplado, "se obligó, frente a la demandada, y a cam......
-
SAP Barcelona 353/2014, 17 de Julio de 2014
...transportes, con arreglo a la jurisprudencia interpretativa del precepto legal, y en este sentido, declara la S. AP. Barcelona, Sección 15, de fecha 26 de junio de 2007, RJ. 2007, 1845, num. 346/2007, con referencia al caso en ella contemplado, "se obligó, frente a la demandada, y a cambio ......
-
Naturaleza jurídica del contrato de utilización
...nm 4 y ss. (pp. 996 y ss.). En la jurisprudencia, entre nosotros, STS núm. 246/1996, de 1 de abril (RJ 1996/2983), FJ 4.º; SAP Barcelona núm. 346/2007, de 26 de junio (AC 2007/1845), FJ 2.º. No faltan, sin embargo, decisiones judiciales en España que, sin entrar a valorar si se trata de una......