SAP Madrid 685/2003, 21 de Julio de 2003
Ponente | D. PEDRO POZUELO PEREZ |
ECLI | ES:APM:2003:8930 |
Número de Recurso | 268/2002 |
Número de Resolución | 685/2003 |
Fecha de Resolución | 21 de Julio de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª |
D. ENRIQUE ANGLADA FORSD. PEDRO POZUELO PEREZD. JESUS CELESTINO RUEDA LOPEZ
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18
MADRID
SENTENCIA: 00685/2003
SENTENCIA Nº:
Fecha Sentencia:21 DE JULIO DE 2003
Procedimiento:ORDINARIO
Rollo nº: 268/02
Autos nº:222/01
Procedencia: 1ª INSTANCIA Nº 2 ALCALA HENARES
Demandante/APELADO: LICO LEASING SAEFC
Procurador:SR. CODES FEIJOO
Demandado/APELANTE: ALCALA CARTON, S.L.
Procurador:SR. DELEITO GARCIA
PONENTE: ILMO. SR. PEDRO POZUELO PEREZ
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
ILMO. SR.:DÑA. GUADALUPE DE JESUS SANCHEZ
ILMO. SR.:D. PEDRO POZUELO PEREZ
ILMO. SR.:D. JESUS RUEDA LOPEZ
En MADRID , a veintiuno de julio de dos mil tres .
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamacion de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandado Alcala Carton, S.L., repenresetada por el Sr. Deleito Garcia, y de otra, como apelado demandante Lico Leasing, SAEFC, impugnante, representado por el Sr. Codes Feijoo; y como apelado demandado Alcala Patrimonio Inmobiliario, S.L., seguidos por el trámite del Juicio Ordinario.
VISTO, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. PEDRO POZUELO PEREZ.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 Alcala de Henares, en fecha 31 de Diciembre de 2001, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuresta pro LICO LEASING SAEFC contra ALCAAL CARTON S.L. y desestimandola reconvencion formulada de cotnrario,d ebo condenar a esta dmeandada a que abone ala actorala cnatidad de DOS MILLOENS OCHETA Y CUATROMIL TRIENTA Y SEIS PESETA mas el interes moratorio pactadod esde la fecha de inteprosicódn lea dmeanda,y con desestimación de las pretensioens contendias enla dmenada respecto de Alcala Patrimonio Inmobiliario. Las costas procesales seran satisfechas en su integridad por Alcala Carton, s.l. ".
Por la parte demandada, se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 10 de Julio de 2003.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales, con excepción del plazo para dictar Sentencia, por la atencion debida a otros asuntos urgentes.
Que frente a la sentencia de primera instancia parcialmente desestimatoria de la demanda se interponen por ambas parte litigantes recurso de apelación.
La parte demandada formuló recurso en razon fundamentalmente de no haberse admitido la reconvención solicitada que tendia a la declaracion de nulidad del la clausula 10 del contrato celebrado entre las partes y ello por infringir la Ley 7/98 de Condiciones...
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