SAP Murcia 354/2002, 21 de Octubre de 2002

PonenteANTONIO SALAS CARCELLER
ECLIES:APMU:2002:2546
Número de Recurso241/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución354/2002
Fecha de Resolución21 de Octubre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 354

En la ciudad de Murcia, a veintiuno de octubre de dos mil dos.

Vistos por la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de Juicio de Cognición, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº 929/00 -Rollo 241/01-, en los que figura como demandante la entidad Finanzia Servicios Finacieros, E.F.C. S.A., representada por el Procurador Sr. Garay Pelegrín y defendida por la Letrada Sra. Vidal Díaz, y como demandado don Luis Francisco , representado por el Procurador Sr. Artero Moreno y defendido por el Letrado Sr. Ródenas Moncada, versando sobre reclamación de cantidad; los cuales penden ante esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia de fecha 4 de mayo de 2001, dictada por el referido Juzgado, siendo Ponente el Ilmo.Sr.Presidente don Antonio Salas Carceller, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La expresada resolución contiene el siguiente: "FALLO": "Debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Garay Pelegrín, en representación de Financia Servicios Financieros, E.F.C, S.A., contra Luis Francisco , y debo declarar y declaro no haber lugar a lo solicitado y todo ello con la condena en costas a la parte actora.

Segundo

Contra la misma se interpuso en tiempo y forma por la parte actora recurso de apelación, alegando los motivos en que fundamentaba su impugnación, dándose traslado a la parte demandada que igualmente formuló las oportunas alegaciones, elevándose a continuación los autos a esta Audiencia Provincial donde se formó el Rollo correspondiente, acordándose la práctica de prueba documental a instancias de la parte apelante y señalándose vista, que tuvo lugar el pasado día 6 de mayo de 2002. Mediante providencia de fecha 9 de mayo de 2002 se acordó la práctica e la referida documental, que finalmente se incorporó a los autos concediéndose a las partes un nuevo plazo para alegaciones.

Tercero

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La reclamación del importe del préstamo e intereses que efectuó la actora Finanzia Servicios Finacieros, E.F.C. S.A. al demandado don Luis Francisco , estando el préstamo destinado para financiación de un curso contratado por éste último con CCC Centro de...

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