SAP Madrid 776/2004, 16 de Noviembre de 2004
Ponente | LORENZO PEREZ SAN FRANCISCO |
ECLI | ES:APM:2004:14630 |
Número de Recurso | 116/2004 |
Número de Resolución | 776/2004 |
Fecha de Resolución | 16 de Noviembre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª |
D. LORENZO PEREZ SAN FRANCISCODª. MARIA GUADALUPE JESUS SANCHEZD. JESUS CELESTINO RUEDA LOPEZ
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18
MADRID
SENTENCIA: 00776/2004
Rollo: RECURSO DE APELACION 116 /2004
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 836 /2001
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 10 de MADRID
PONENTE: ILTMO. SR. DON LORENZO PEREZ SAN FRANCISCO
APELANTE: Jose Ramón
PROCURADOR: MATILDE MARIN PEREZ
APELADO: CAJA SALUD DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A./ CAJA MADRID
PROCURADOR: JESUS IGLESIAS PEREZ/ LUCILA TORRES RIUS
En MADRID, a dieciséis de noviembre de dos mil cuatro
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
ILMA. SRA. Dª GUADALUPE DE JESUS SANCHEZ
ILMO. SR. D. LORENZO PEREZ SAN FRANCISCO
ILMO. SR. D. JESÚS C. RUEDA LÓPEZ
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre ejercicio de la acción de cumplimiento de contrato, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 10 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante-demandante Jose Ramón representado por la Procuradora Sra. Marín Pérez y de otra, como apelados- demandados CAJA MADRID, respresentada por la Procuradora Sra. Torres Rius y CAJA SALUD DE SEGUROS Y REASEGUROS representada por el Procurador Sr. Iglesias Pérez , seguidos por el trámite de juicio ordinario.
Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr.DON LORENZO PEREZ SAN FRANCISCO.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 10 de Madrid, en fecha 29 de marzo de 2004 , se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que no apreciando la excepción de defecto legal en el modo de proponer la demanda, habiendo quedado sin objeto la de falta de litisconsorcio pasivo necesario, y entrando a conocer el fondo del asunto, debo desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Marín Pérez que actúa en nombre y representación de D. Jose Ramón, debo absolver y absuelvo a las demandadas Caja de Madrid y Caja Salud de las pretensiones deducidas en su contra con expresa imposición de las costas procesales a la actora".
Por la parte demandante se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 16 de noviembre de 2004.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas...
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