SAP Valladolid 142/2007, 30 de Abril de 2007
Ponente | FRANCISCO SALINERO ROMAN |
ECLI | ES:APVA:2007:485 |
Número de Recurso | 101/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 142/2007 |
Fecha de Resolución | 30 de Abril de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
VALLADOLID
SENTENCIA: 00142/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID
SECCION PRIMERA
Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000101 /2007
SENTENCIA Nº 142
ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID
SECCION PRIMERA
Ilmo. Sr. Presidente: D. FRANCISCO SALINERO ROMAN
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL
D. JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTIN
En VALLADOLID, a treinta de Abril de dos mil siete.
VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de juicio verbal nº 969/06 del Juzgado de 1ª Instancia núm. Uno de Valladolid, seguido entre partes, de una como demandante apelada Dª Mariana mayor de edad y vecina de Madrid, quien actúa por sí y en su propio nombre y derecho, y como demandada apelante "Clínica Sotomayor S. L" con domicilio social en Valladolid, representada por el Procurador D. César Alonso Zamorano y defendida por el Letrado D. Juan Carlos Rubio Barbería; sobre reclamación de cantidad.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 20 de Noviembre de 2.006, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Que estimando la demanda interpuesta por Dª Mariana contra Clínica Sotomayor S. L., representada por D. Cornelio, debo condenar y condeno a la referida demandada a abonar a la actora la suma de novecientos euros mas el interés legal desde la presentación de la demanda y a abonar las costas causadas en juicio".
Notificada a las partes la referida sentencia, por el Procurador Sr. Alonso Zamorano en representación de la demandada se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Recibidos los autos en este Tribunal y personadas las partes, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 24 de los corrientes, en que ha tenido lugar lo acordado.
Vistos, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO SALINERO ROMAN.
La sentencia fundamenta su decisión de considerar que la actora ejerció en plazo la pretensión resolutoria de la compra del somier y del colchón, que le autorizaba el contrato y la Ley 26/1991 de 21 de Noviembre sobre contratos celebrados fuera de establecimientos mercantiles a que se hacía referencia en el propio contrato, en tres llamadas realizadas los días 11 y 14 de Febrero de 2005 a un teléfono móvil de la persona con la...
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