SAP Badajoz 395/2007, 12 de Noviembre de 2007
Ponente | FIDELA LEONOR CERCAS DOMINGUEZ |
ECLI | ES:APBA:2007:1031 |
Número de Recurso | 667/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 395/2007 |
Fecha de Resolución | 12 de Noviembre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Badajoz, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
BADAJOZ
SENTENCIA: 00395/2007
SENTENCIA Nº:395/07
ILTMOS SRS. MAGISTRADOS:
D. CARLOS CARAPETO MÁRQUEZ DE PRADO
D. FERNANDO PAUMARD COLLADO
Dª FIDELA LEONOR CERCAS DOMINGUEZ
Procedimiento Ordinario: Autos nº:416/06.Juzgado de 1ª Instancia de Zafra nº 1.
Recurso nº: 667/07.
En Badajoz a 12 de Noviembre de 2007.
La Sección 2ª de la Ilma. Audiencia Provincial de BADAJOZ ha visto en grado de apelación, los Autos de Juicio Ordinario nº:416/06 del Juzgado 1ª Instancia de Zafra nº:1,Recurso nº: 667/07, seguido entre las partes, de una, como Apelantes la entidad mercantil "Sociedad Agraria de Transformación la Víbora S.A.T.", representada por el Procurador Sr. Vela Álvarez y defendido por el Letrado Sr. Diaz Ambrona y de otra como Apelado "Coganex S.C.L., representado por la Procuradora Sra. Mateos Caballero y defendido por el Letrado Prieto Nuñez, sobre Reclamación de cantidad.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA de Zafra nº:1, por el mismo se dictó Sentencia con fecha:25-Mayo-07,cuya Parte Dispositiva es el siguiente:
" Desestimar la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Venegas Carrasco, en nombre y representación de S.A.T. LA VIBORA contra COGANEX S.C.L., absolviendo a la referida demandada de las peticiones deducidas en su contra. Todo ello, con imposición de las costas procesales a la parte actora."
Frente a la referida Sentencia, de fecha: 25 de Mayo de 2007, por la parte demandante, se solicitó la preparación del recurso de Apelación de conformidad con lo dispuesto en el art. 457.1 de la L.E.C..
Admitida que fue la preparación del recurso por el Juzgado, se emplazó a la parte recurrente, conforme a lo dispuesto en los art. 457.3 de la L.E.C. por veinte días para la interposición del recurso de Apelación, conforme a las normas del art. 458 y ss. de la citada Ley procesal.
Formalizado en tiempo y forma el recurso de Apelación por la representación de la parte demandante, se tuvo por interpuesto y de conformidad con lo establecido en el art. 461 L.E.C. se emplazó a las demás partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran ante el Juzgado escrito de oposición al recurso, o en su caso de impugnación de la resolución apelada en lo que resulte desfavorable.
Presentado escrito de oposición al recurso por la representación procesal de la parte demandada, se remitieron los Autos originales a esta Audiencia Provincial, que por turno de reparto correspondió a esta Sección 2ª, incoándose el correspondiente Rollo de Sala, turnándose de ponencia, no habiéndose celebrado vista pública y quedando los Autos sobre la mesa de la Sala y proveyente para Sentencia.
Observadas las prescripciones legales de trámite.
Vistos siendo ponente la Ilma. Magistrada Sra. Dª FIDELA LEONOR CERCAS DOMINGUEZ, que expresa el parecer unánime de la Sala.
Por la representación procesal de la Sociedad Agraria de Transformación la Víbora S.A.T, se interpone recurso de Apelación contra la Sentencia de instancia, alegando, en primer lugar, que es imposible un acuerdo entre las partes sobre la asignación de los derechos de la P.A.C, puesto que la apelante dejó de pertenecer a la Cooperativa demandada el 1 de Octubre de 2003, y el Reglamento de la C.E. que fijó los derechos de pago único, que se reclaman en el presente procedimiento, no fue publicado en el D.O. de la U.E. hasta el 21 de Octubre del mismo año; por otra parte, asegura que,...
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