SAP Albacete 144/2007, 16 de Octubre de 2007

PonenteJOSE GARCIA BLEDA
ECLIES:APAB:2007:747
Número de Recurso49/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución144/2007
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Albacete, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

ALBACETE

SECCION PRIMERA

Apelación Civil 49/07

S E N T E N C I A NUM. 144

EN NOMBRE DE S.M.EL REY

Ilmos.Sres.

Presidente

D. Eduardo Salinas Verdeguer

Magistrados

D. José García Bleda

D. Manuel Mateos Rodríguez

En Albacete a dieciséis de octubre de dos mil siete.

VISTOS en esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los autos nº 92/06 de Procedimiento Ordinario seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Albacete y promovidos por Cable Visión Albacete S.L. Visión 6 Televisión contra Asociación de Empresarios de Campollano (Adeca); cuyos autos han venido a esta Superioridad en virtud de recurso de apelación que, contra la sentencia dictada en fecha 10 de noviembre de 2.006 por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez de Primera Instancia de dicho Juzgado, interpuso la referida demandante. Habiéndose celebrado Votación y Fallo.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO en lo necesario los antecedentes de la sentencia apelada; y

  1. - Por el citado Juzgado se dictó la referida sentencia, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que DESESTIMANDO la demanda interpuesta por el Procurador D. Manuel Serna Espinosa, actuando en nombre y representación de la mercantil CABLE TELEVISION ALBACETE S.L. (VISION 6 TELEVISION), contra la ASOCIACION DE EMPRESARIOS DE CAMPOLLANO (A.D.E.C.A.), debo ABSOLVER y ABSUELVO a esta última de la reclamación de cantidad frente a ella interpuesta por la parte actora y todo ello debiendo soportar cada parte las costas causadas a su instancia siendo las comunes por mitad.".

  2. - Contra la Sentencia anterior se interpuso recurso de apelación por la demandante, representada por medio del Procurador D. Manuel Serna Espinosa, bajo la dirección del Letrado D. Fernando Ruiz-Risueño Alvarez, mediante escrito de interposición presentado ante dicho Juzgado en tiempo y forma, y emplazada la parte demandada, por la misma, representada por el Procurador D. Abelardo López Ruiz, bajo la dirección del Letrado D. Julio García Bueno, se presentó en tiempo y forma ante el Juzgado de Instancia escrito oponiéndose al recurso de apelación, elevándose los autos originales a esta Audiencia para su resolución, previo emplazamiento de las partes para su comparecencia ante esta Audiencia Provincial por término de treinta días, compareciendo los mencionados Procuradores en las representaciones indicadas.

  3. - En la sustanciación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, salvo en el plazo para dictar sentencia en esta instancia, dado el volumen de asuntos pendientes de resolver de carácter preferente.

VISTO siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José García Bleda.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación de la mercantil "Cable Visión Albacete, S.L." Visión 6 Televisión, apelante en esta alzada, solicita revocación de la sentencia de instancia y que se dicte otra estimatoria de la demanda.

SEGUNDO

Alega la representación de la mercantil actora que la resolución de instancia incurre en error al desestimar la demanda al considerar que la actora no ha demostrado la existencia de contrato que le permita reclamar la cantidad de 12.000 € ya que entiende que la firma del Presidente de ADECA no obliga a dicha asociación frente a la mercantil actora al no estar autorizada la firma de ese contrato por su Junta Directiva, por lo que la falta de acuerdo de Junta debe tener la consecuencia de privar de validez a ese contrato, pues entiende la mercantil recurrente que existiría un contrato entre la actora y ADECA aportado físicamente a los autos sino que además existirían actos indubitados anteriores, coetáneos y posteriores a su firma ya que no solo existen conversaciones y tratos entre el Gerente de ADECA D. Gregorio y el entonces gerente de la actora D. Lorenzo -que dejo de serlo en 2.004- sino que tal extremo ha sido ratificado por el actual Presidente de ADECA, D. Romeo, y por el anterior, D. Jose Miguel, habiendo afirmado asimismo el Secretario de ADECA, D. Jesús Ángel, que efectivamente hubo un proyecto por parte de ADECA de realizar una campaña de publicidad pero que se suspendió al no obtener subvención, existiendo, asimismo, actas de la Junta Directora de ADECA que acreditan la...

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