SAP Jaén 29/2001, 24 de Enero de 2001

PonenteMARIA JESUS JURADO CABRERA
ECLIES:APJ:2001:117
Número de Recurso442/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución29/2001
Fecha de Resolución24 de Enero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 29

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

Dª Elena Arias Salgado Robsy

MAGISTRADOS

Dª Mª Jesús Jurado Cabrera.

Dª Lourdes Molina Romero.

En La Ciudad de Jaén, a veinticuatro de Enero de dos mil uno.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio de Menor Cuantía seguidos en primera instancia con el nº 99 del año 1999, por el Juzgado de Primera Instancia de Baeza, rollo de apelación de esta Audiencia nº 442 del año 2000, a instancia de D. Carlos Francisco y otra, representado ante este Tribunal, como apelado, por la Procuradora Sra. Trujillo y defendido por la Letrada Sra. Ruiz Contreras, contra D. Federico y otros, representado ante el Tribunal, como apelante por el Procurador Sr. Cobo Simón y defendido por el Letrado Sr. González Palma.

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Baeza, con fecha 14 de Junio de 2000.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando parcialmente la demanda promovida por el Procurador de los Tribunales Sr. Gonzalo Siles en nombre y representación de D. Carlos Francisco y Dª. Beatriz contra D. Federico , D. Juan Pablo y Dª. Almudena representados por el Procurador Sr de la Poza y Dª. Marisol representada por la Procuradora Sra. Mola Tallada debo condenar y condeno a D. Federico , D. Juan Pablo y Dª. Almudena , a otorgar escritura pública, a nombre de la persona que designe la misma parte actora, de segregación y compraventa de lo que en su día fue objeto del contrato de compraventa suscrito con aquél, esto es: sobre la nave industrial situada en la prolongación de la calle DIRECCION000 de Baeza, a la derecha con superficie construida según título de 369 metros cuadrados en una sola planta, que está dotada de acometida de electricidad, sobre un terreno sin edificar existente delante de la referida nave colindante con el camino del sitio cuya superficie se estima en 209 metros cuadrados según título, que a efectos regístrales forma una sola finca con la nave antes descrita, y sobre parte de otra finca registral distinta situada justo a la espalda de la ocupada por la nave, que completa hasta una superficie de 769 metros cuadrados, y la constitución que deberá constar en la misma escritura de una servidumbre de paso con una superficie de ocho metros en toda la línea del objeto de la compraventa y en la que continúa siendo colindante. Para el caso de que las disposiciones municipales impidan la constitución de la servidumbre, deberán los condenados indemnizar a la parte actora en la cantidad en que dicha servidumbre sea valorada pericialmente en ejecución de sentencia. Asimismo debo absolver y absuelvo a Dª. Marisol . - En materia decostas procesales, se imponen a los demandados condenados, a excepción de las de Dª. Marisol que correrán a cargo de la misma.".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se interpuso por el demandado, Federico , en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia de Baeza, que acordó la remisión de los autos a esta Audiencia, previo emplazamiento de las partes para comparecer ante la misma.

TERCERO

Recibidos los autos ante este Tribunal, se acordó la formación del correspondiente rollo, que se registrará el mismo, y habiéndose personado en forma y tiempo oportuno las partes, convenientemente instruidas por su orden, así como el Magistrado Ponente, se acordó tuviera lugar la vista el día 22 de Enero de 2001, cuyo día comparecieron las partes ante este Tribunal, solicitando el apelante la revocación de la sentencia apelada, dictándose otra de acuerdo con sus pretensiones, alegando como motivo de impugnación el error en la valoración de la prueba y falta de pago de la totalidad del precio, con imposición de costas a la otra parte, y por el apelado se solicita la confirmación de la sentencia recurrido, con imposición de costas ala parte contraria por sus propios fundamentos.

CUARTO

En la tramitación de este...

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