SAP Cádiz 136/2003, 10 de Noviembre de 2003

PonenteManuel Zambrano Ballester
ECLIES:APCA:2003:2020
Número de Recurso63/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución136/2003
Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 4ª

D. MANUEL ZAMBRANO BALLESTERDª. Dª. MARÍA DEL ROSARIO SANCHO MARTÍNEZD. ANTONIO MARIN FERNANDEZ

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ

SECCIÓN CUARTA

SENTENCIA. Nº 136/03

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. MANUEL ZAMBRANO BALLESTER.

MAGISTRADOS:

D. ROSARIO SANCHOMARTINEZ

D. ANTONIO MARIN FERNANDEZ

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE BARBATE

JUICIO DE MENOR CUANTIA Nº 126/97

ROLLO Nº 63/03

En la Ciudad de Cádiz, a diez de Noviembre de dos mil tres.

Vistos por la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación los autos referenciados al margen, en los que es parte apelante Carlos Alberto , Marí Jose ; Plaka Trust. S.L. y Fermín y parte apelada Carlos José .

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Por la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Barbate con fecha 3/03/02 se dictó sentencia en el juicio ya referenciado, cuyo Fallo literalmente dice:" Que desestimando la demanda reconvencional y estimando la demanda principal formulada por don Carlos José , mayor de edad, representado en autos por el Sr. Procurador de los Tribunales, don Juan Luis Malia y defendido por el letrado don Rafael Silva, contra don Carlos Alberto y contra su esposa, doña Marí Jose , representados en autos por la Sra. Procuradora de los Tribunales, Doña Angeles Correro y defendidos por el Sr. Letrado Ortiz, debo declarar y declaro que el contrato de 27 de abril de 1.992 suscrito entre don Carlos José y don Carlos Alberto es válido y eficaz, y que debo condenar y condeno solidariamente a dichos demandados a hacer entrega al actor de la finca objeto de dicho contrato, libre de cargas así como a otorgar escritura pública de compraventa de dicha finca en las condiciones estipuladas en el documento suscrito entre las partes el 27 de abril de 1.992. Todo ello deberán de cumplirlo en el plazo de un mes, con imposición de las costas causadas a la demandada".

  2. - Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por la ya mencionada parte demandante , y admitido el recurso en ambos efectos, elevados los autos a esta Audiencia, designado magistrado Ponente y personadas las partes, celebrándose la vista oral preceptiva el día 7/11/03, en la que concedida la palabra a laspartes, por su orden, informaron oralmente en apoyo de sus respectivas peticiones, exponiendo los hechos y fundamentos de Derecho que estimaron oportunos.

  3. - En la tramitación de este recurso, se han observado las formalidades legales. 4º.- Ha sido Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don MANUEL ZAMBRANO BALLESTER

FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA

Primera

Basan los apelantes, demandados en primera instancia, su recurso interpuesto contra la sentencia estimatoria recaída, en tres motivos fundamentales: de una parte, su falta de legitimación pasiva, al no ser ya titulares de la finca que en demanda se les reclama; de otra, la simulación de que adolecen los dos contratos privados de fechas 10 de Marzo y 27 de Abril de 1.992 celebrados entre las partes; y por último, el enriquecimiento injusto que el actor persigue con la acción por él ejercitada.

Segunda

Antes de entrar en el estudio pormenorizado de estos tres principales motivos de impugnación alegados por los recurrentes conviene el análisis de las alegaciones deducidas y pruebas aportadas al proceso, del que resulta:

  1. Que el 10 de Marzo de 1.992 Sergio vendió en documento privado al actor Carlos José un trozo de la finca registral núm. NUM000 de Vejer de la Frontera, que medido resultó ser de 4.837 metros cuadrados y que es la registral núm. 13.432, por el precio de 4.000 pesetas por metro cuadrado (folios 13 y 14 reconocidos en confesión);

  2. Que el 27 de Abril de 1.992 Carlos Alberto y Carlos José suscribieron documento privado por el que el primero se subrogaba en la posición compradora que el segundo tenía en el contrato antes referido y éste compraba a aquél por el mismo precio de 4.000 pesetas por metro cuadrado una parte de la misma finca de 1.000 metros cuadrados que se ubicaba lindando "al norte con terrenos de Carlos Alberto y hermanas, al este con parcela que adquiere el Sr. Carlos Alberto en esta compraventa, al sur con carretera de acceso a San Miguel (Avda. Andalucía) y oeste con propiedad de Jaime ", si bien "esta ubicación podrá ser modificable por acuerdo de ambas partes", entregando Carlos José en el mismo acto 1.000.000 pesetas y obligándose a pagar los 3.000.000 restantes en el plazo de cinco años (folios 15 y 16 reconocidos igualmente en confesión);

  3. Que el 19 de Enero de 1.995 Sergio y su esposa Sofía otorgaron escritura pública por la que segregaron de la finca registral NUM000 el trozo al que se refiere el apartado 1º y lo vendieron a Carlos Alberto , casado con Marí Jose , dando lugar a la finca registral nueva e independiente núm. NUM001 (folios 43 a 53);

  4. Que Carlos Alberto libró a Carlos José dos letras de cambio, ambas con vencimiento al 23...

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