SAP Madrid, 9 de Marzo de 2001

PonenteMARIA GUADALUPE JESUS SANCHEZ
ECLIES:APM:2001:3479
Número de Recurso732/1999
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

SENTENCIA

En Madrid, a nueve de Marzo de dos mil uno.

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Alcala de Henares, seguidos entre partes, de una, como apelante demandante Residencial Alcazaba, S.A., representada por el Sr. Sanz Arroyo y de otra, como apelado demandado, adherido a la apelación D. Gaspar y Dña. Julia , seguidos por el trámite del Juicio de Cognición.

VISTO, siendo Magristrado Ponente la Ilma. Sra. Dª MARÍA GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ ; Presidente de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Alcalá de Henares, en fecha 17 de Junio de 1999, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debía desestimar la demanda interpuesta por RESIDENCIAL ALCAZABA S.A., representado por el Procurador Sr. LLAMAS, contra Gaspar Y Julia , asistidos por la letrada Sra. MARTINEZ LOPEZ, sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas del procedimiento".

SEGUNDO

Por la parte actora se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 10/92, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 6 de Marzo de 2001.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la resolución objeto de recurso.

SEGUNDO

Alega la parte apelante Residencial Alcazaba, S.A.; como motivos en los que funda su recurso; en primer lugar, el error en la valoración de la prueba, por cuanto considera, que yerra la Sentencia recurrida al mencionar "relación contractual de arrendamiento de obra", cuando esta parte solo baso su demanda en un contrato verbal, en donde los demandados solicitaron una mejora de su vivienda que se viomaterializada en la cambial firmada por el demandado D. Gaspar ; y por importe de 583.451 pestas. A la par considera, que la deuda objeto del procedimiento se acredita no solo con la letra de cambio y las cartas enviadas por esta parte sino también con la negativa del demandado D. Gaspar a reconocer su propia firma, habiendo tenido esta parte que solicitar una pericial caligrafica Y acaba solicitando la revocación de la Sentencia de instancia, para que en su lugar se dicte otra en la que se estimen las pretensiones ejercitadas por...

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