SAP Ciudad Real 24/2001, 5 de Febrero de 2001

PonenteJOSE MARIA TORRES FERNANDEZ DE SEVILLA
ECLIES:APCR:2001:153
Número de Recurso425/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución24/2001
Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 1ª

SENTENCIA Nº. 24/2001

En Ciudad-Real a cinco de febrero de dos mil uno.

Sala de la SECCION PRIMERA de la Audiencia Provincial e esta Capital, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados al Principio y margen relacionados, ha examinado y votado el recurso de los autos de Proceso Civil de Cognición 210/98 del Juzgado de Primera Instancia núm. UNO DE VALDEPEÑAS, seguidos entre partes, de una, como demandante, DON Gerardo , dirigido por sí mismo como Letrado habilitado al efecto, y de otra, como demandadas, las Entidades mercantiles "MATIUS PUBLICIDAD, S.L. y "SABECO", la primera defendida por el Letrado Dª. Mercedes Redondo Alonso y la segunda en rebeldía, y contra la Aseguradora "AXA-AURORA IBERICA, S.A.", defendida por el Letrado D. D Luis Fernando Asensio Mena, habiendo sido APELANTE el actor, D. Gerardo ; autos que han tenido por objeto la reclamación de indemnización por enriquecimiento injusto de la primera de las demandadas, y otros extremos, y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de 1º Instancia nº 1 de Valdepeñas dictó sentencia con fecha 14 de abril de 2000 en el Juicio de Cognición núm. 210-98, anteriormente relacionado, estimando parcialmente la demanda y condenardo a la codemandada Matius Publicidad S.L., a pagar al demandante la cantidad cuyo importe se determinaría en ejecución de sentencia en base a la fijación riel enriquecimiento injusto, producido en favor de la demandada cono consecuencia de la publicidad realizada a favor de "Sabeco" másintereses legales, con apercibimiento a dicha codemandada de que en lo sucesivo se abstenga de toda posible perturbación del derecho de propiedad demandante, declarando inexistencia del gravamen sobre la propiedad del demandante constituido a favor de Matius Publicidad S.L., condenando a cada parte a parar -las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad; y estimando demanda reconvencional formulada por Matius Publicidad S.L., se condena a Gerardo a pagar a dicha empresa la cantidad de 40.000 ptas. mas intereses legales Igualmente se absuelve en dicha sentencia a la empresa "Sabeco" y Aseguradora "Axa".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma recurso de apelación en tiempo y forma por el actor y demandado-reconvencionista, quien mediante Auto aclaratorio de dicha sentencia fue condenado al pago de las costas en relación con las acciones ejercitadas frente a la aseguradora "Axa", admitiéndosele en ambos efectos y dándosele el trámite pertinente, siendo impugnado por los codemandados "Matius Publicidad" y "Axa", elevándose los autos a este Tribunal Superior, donde recibidos, se formó el correspondiente

Rollo y se turnó la Ponencia, señalándose día para la votación y Fallo del recurso.

TERCERO

En la sustanciación del recurso han sido observadas las prescripciones legales.

Ha sido PONENTE el Iltmo. Sr l residente, Don Jose María Torres Fernández de Sevilla

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En este proceso ejercita el demandante acciones que, bajo la calificación de negatoria de servidumbre y enriquecimiento injusto, pretende que las demandadas AXA y SABE( presenten los contratos de publicidad que concertaron con la otra demandada, AXA Y SABECO presenten los contratos de publicidad que concertaron con la otra demanda, MATIUS PUBLICIDAD S.L. por los cuales se anunciaron aquellas empresas en la valla instalada en el solar propiedad del demandante, mientras que respecto de la entidad publicitaria se insta la declaración de inexistencia de servidumbre y la indemnización correspondiente a los perjuicios y al enriquecimiento que obtuvo por el uso de la citada valla una vez fenecido el contrato que le unía con el demandante. La Juez de Primera Instancia absolvió a AXA y SABECEO y condenó a MATIUS PUBLICIDAD a indemnizar al actor en la cantidad que se fije en ejecución de sentencia por la publicidad realizada a favor de SABECO, declarando la inexistencia de servidumbre con las consecuencias a ello inherentes. Asimismo estimó la reconvención entablada por MATIUS PUBLICIDAD condenando al demandante a abonarle la suma de 40.000 Pesetas.

SEGUNDO

Esta sentencia es apelada por el demandante considerando, en primer término, que la absolución de AXA y SABECO no está fundada, pues nada de forma expresa resuelve la sentencia, sosteniendo que la presentación...

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