SAP Burgos 31/2000, 21 de Enero de 2000

PonenteRAMON IBAÑEZ DE ALDECOA LORENTE
ECLIES:APBU:2000:82
Número de Recurso605/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución31/2000
Fecha de Resolución21 de Enero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 2ª

SENTENCIA

En el Rollo de Apelación número 605 de 1.999, dimanante de Juicio de Cognición nº 368 de 1.998, sobre reclamación de cantidad, del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Burgos , en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha cinco de Noviembre de 1.999 , han comparecido, como demandantes-apelados, Don Luis Alberto ; Doña Encarna , Dª María Virtudes , Don Federico , Don Simón , Don Alvaro , Dª Sara , Dª Juana , Dª. Carmen , Don Narciso , Don Pedro Antonio , Dª. María Esther y don Íñigo , designando domicilio para oír notificaciones el del Letrado Don Fernando Ibáañez Angulo; de otra, como demandada-apelante, Gas Natural Castilla y León S.A., domiciliada en Valladolid, representada por la Procuradora doña Elena Cobo de Guzmán Pisón y defendida por el Letrado Don Jesús Rodríguez Merino.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan, sustancialmente, los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por los actores, contra la Entidad Mercantil "Gas Natural Castilla y León S.A." (anteriormente denominada "Gas de Burgos, S.A.") representada por la Procuradora Dª Elena Cobo de Guzmán Pisón, debo condenar y condeno a la compañía demandada a pagar a: Don Luis Alberto , la cantidad de 10.136 ptas. ( diez mil ciento treinta y seis pesetas). "Gabitec, Gabinete Técnico Asesor S.L." la cantidad de 17.400 ptas. (diecisiete mil cuatrocientas pesetas). Doña María Virtudes , la cantidad de 13.340 ptas. (trece mil trescientas cuarenta pesetas). Don Federico la cantidad de 13.225 ptas. (trece mil doscientas veinticinco pesetas). Don Simón , la cantidad de 13.225 ptas. (trece mil doscientas veinticinco pesetas). Don Alvaro , la cantidad de 12.702 ptas. (doce mil setecientas dos pesetas). Doña Sara , la cantidad de 14.848 ptas. (catorce mil ochocientas cuarenta y ocho pesetas). Doña Juana , la cantidad de 14.848 ptas. (catorce mil ochocientas cuarenta y ocho pesetas). Doña Encarna , la cantidad de 15.080 pesetas). Doña Carmen , la cantidad de 15.080 ptas. (quince mil ochenta pesetas) Don Narciso , la cantidad de 15.080 ptas. (quince mil ochenta pesetas) Don Pedro Antonio , la cantidad de 15.080 ptas. (quince mil ochenta pesetas) Doña María Esther , la cantidad de

14.848 ptas. (catorce mil ochocientas cuarenta y ocho pesetas). Don Íñigo , la cantidad de 12.702 ptas. (doce mil setecientas pesetas), más los intereses legales desde la interpelación judicial en todos los casos anteriores y con expresa condena en costas a la parte demandada.

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes por la representación de Gas Natural Castilla y León, S.A. se interpuso contra la misma recurso de apelación, que fue tramitado con arreglo a derecho. Habiéndose solicitado la practica de prueba en esta segunda instancia, a lo que no se accedió por auto defecha veintitrés de diciembre del pasado año, interponiéndose recurso de suplica por Doña Elena Cobo de Guzmán Pisón en la representación que tiene acreditada resolviéndose por auto de 14 del corriente año, no dando lugar al mismo.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Ha quedado debidamente acreditado que los demandantes suscribieron con la demandada, "GAS NATURAL CASTILLA Y LEON S.A.", contratos para el suministro de gas para uso doméstico, y que al suscribir el contrato en cuestión firmaron un documento adjunto a la póliza de abono, en el cual, bajo el nombre de "presupuesto", se les informaba de que se les iba a cobrar determinada cantidad de dinero, que vana según los casos, en concepto de...

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