SAP Zaragoza 451/2002, 12 de Julio de 2002

PonenteFRANCISCO ACIN GAROS
ECLIES:APZ:2002:1832
Número de Recurso671/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución451/2002
Fecha de Resolución12 de Julio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª

SENTENCIA NUMERO 451/02

EN NOMBRE DE S. M. EL REY

Ilmos. Señores:

PRESIDENTE

D. Julián Carlos Arqué Bescós

MAGISTRADOS

D. Francisco Acín Garós

Dª María Elia Mata Albert

Zaragoza, a doce de julio de dos mil dos.

Visto por la Sección Segunda de ésta Audiencia Provincial el recurso de apelación

interpuesto por la parte demandada contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez

del Juzgado de Primera Instancia nº 5, de los de Zaragoza, en el juicio de modificación de medidas

nº 1154/2000, rollo 671/01, en el que es apelante Dª María Luisa , mayor de edad, divorciada, con domicilio en C/ DIRECCION000 NUM000 , NUM001 ,

URBANIZACIÓN000 , Zaragoza, representada por la Procuradora Dª María Pilar Artero

Fernando y dirigida por la Letrada Dª Carmen Villanueva Paracuellos, y apelado D. D. Alfonso , mayor de edad, Profesor Mercantil, divorciado, con domicilio en C/ DIRECCION001

NUM002 , Zaragoza, representado por la Procuradora Dª Elisa Mayor Tejero y dirigido por el Letrado

D.

José María Gracia Federio, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, y

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los que figuran en la sentencia apelada, y

PRIMERO

Por la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5, de los de Zaragoza, se dictó el 20 julio 2001 sentencia que contenía el siguiente fallo: "Estimando la demanda planteada por la Procuradora de los Tribunales Sra Mayor Tejero, en nombre y representación de D. Alfonso , contra Dª María Luisa , se suprime la cláusula sexta del convenio regulador de separación de fecha 21-4-1997, es decir, la pensión compensatoria a favor de la demandada, desde la fecha de la presente resolución. También se modifica lacláusula séptima exclusivamente en el sentido de que los gastos extraordinarios de los hijos, en vez de exclusivamente por el padre, serán abonados por mitad e iguales partes entre ambos progenitores. Sin expresa condena en costas".

SEGUNDO

La representación procesal de la demandada presentó escrito de preparación del recurso de apelación y, dentro del termino del emplazamiento, escrito de interposición, en los que solicitó se dicte sentencia por la que, revocándose la recurrida, se desestime la demanda y se le absuelva de todos sus pedimentos, con imposición al actor de las costas de la primera instancia; y dado traslado a la parte actora, dentro del termino de su emplazamiento presentó escrito de oposición, en el que solicitó la confirmación de la resolución recurrida, con imposición de costas a la apelante.

TERCERO

Remitidos los autos a esta Sala, no aportados nuevos documentos ni propuesto prueba, ni considerado necesaria la celebración de vista, se señaló el día 14 mayo 2002 para votación y fallo.

CUARTO

En la tramitación de la apelación se han observado todas las prescripciones legales, a excepción de que no se ha podido cumplimentar el plazo al que se refieren el art 465 LEC.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Francisco Acín Garós.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Acogida íntegramente en la instancia la modificación de medidas solicitada por D. Alfonso , que en su demanda interesó la supresión de la pensión compensatoria pactada en la cláusula sexta del Convenio regulador aprobado por la sentencia de separación y mantenido por la de divorcio, así como la modificación de la cláusula séptima, en el sentido...

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