SAP Asturias 214/2007, 11 de Mayo de 2007
Ponente | JAVIER ANTON GUIJARRO |
ECLI | ES:APO:2007:1238 |
Número de Recurso | 67/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 214/2007 |
Fecha de Resolución | 11 de Mayo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
OVIEDO
SENTENCIA: 00214/2007
SENTENCIA NÚMERO 214/07
ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000067 /2007
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE
D. José Ignacio Álvarez Sánchez
MAGISTRADOS
D. Guillermo Sacristán Represa
D. Javier Antón Guijarro
En Oviedo a, once de Mayo de dos mil siete.
VISTOS en grado de apelación por esta Sección Primera de la Audiencia Provincial de OVIEDO, los presentes autos de JUICIO VERBAL 413 /2005, procedentes del JDO.1A.INST. E INSTRUCCION N.1 de CANGAS DEL NARCEA, Rollo 67 /2007, entre partes, como Apelante D. Cosme representado por el Procurador de los Tribunales D. RAMON BLANCO GONZALEZ, y bajo la dirección letrada de D. DON JOSÉ PEREZ GARCIA, y como Apelado UNOE BANK S.A. representada por la Procuradora de los Tribunales Dª. MARGARITA ROZA MIER, y bajo la dirección letrada de D. IGNACIO FERNANDEZ-JARDON FERNANDEZ.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Cangas del Narcea dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 23 de Junio de 2006 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimo parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Avello Otero en representación de Unoe Bank S.A. contra Don Cosme y así, condeno al demandado a abonar la suma de dos mil trescientos sesenta Euros ( 2.360 euros), más un interés anual al tipo de dos veces y medio el interés legal del dinero. Sin especial pronunciamiento en cuanto a costas, debiendo cada parte abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".
Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, previos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.
Se señaló para deliberación, votación y fallo el día 10 de Mayo de 2007, quedando los autos para sentencia.
En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Javier Antón Guijarro.
Se alza el apelante Don Cosme contra la Sentencia de fecha 23 junio 2006 dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Cangas de Narcea en el Juicio Verbal 413/05 alegando en su recurso que hallándonos en presencia de un crédito al consumo vinculado a otro contrato de instalación de aparatos de calefacción eléctrica en dos viviendas celebrado por un consumidor, y siendo así que este último finalmente no se llevó a cabo, es por lo que no...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba