SAP Tarragona, 16 de Mayo de 2000
Ponente | MARIA ANGELES GARCIA MEDINA |
ECLI | ES:APT:2000:741 |
Número de Recurso | 77/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 16 de Mayo de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Tarragona, Sección 3ª |
SENTENCIA. N°
ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE
D. AGUSTIN VIGO MORANCHO
MAGISTRADOS
Dª. MARÍA ANGELES GARCÍA MEDINA
Dª. MARÍA EUGENIA BODAS DAGA (Suplente)
En Tarragona, a dieciseis de mayo de dos mil.
Visto ante esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por D. Plácido representada por el Procurador Sra. Amposta y defendida por el Letrado Sr. Clavero contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia núm. Cuatro de Tarragona el 15 de Enero de 2000 , en autos de juicio ordinario declarativo de menor cuantía núm. 125/99 en los que figura como demandante D. Luis Angel y como demandado D. Plácido
ACEPTANDO y dando por reproducidos los de la Sentencia recurrida, y
PRIMERO, Que la sentencia recurrida contiene la siguiente parte dispositiva: "Que estimando la demanda interpuesta por D. Luis Angel , contra D. Plácido , debo declarar y declaro:
-
- Que el actor, D. Luis Angel , como único y legítimo heredero de D. Alexander , aceptó tácitamente la herencia del anterior.
-
- Que el día del fallecimiento de D. Alexander existía en las cuentas de "La Caixa" NUM000 y NUM001 la cantidad total de 9.595.427.-ptas.3°.- Que las cantidades existentes en las antes aludidas cuentas correspondían en exclusividad al fallecido D. Alexander .
-
- Que el demandado, D. Plácido , extrajo con posterioridad al fallecimiento de D. Alexander , las cantidades existentes en las citadas cuentas de "La Caixa", sin que el mismo ostentara ningún derecho sobre las mismas.
Y en consecuencia debo condenar y condeno a D. Plácido a estar y pasar por tales declaraciones y a pagar al actor la cantidad de NUEVE MILLONES CIENTO TRECE MIL NOVECIENTAS CUARENTA Y CUATRO PESETAS (9.114.944.-ptas), más los intereses legales de dicha cantidad desde el 28 de noviembre de 1995, hasta el completo pago de dicha cantidad, así como al pago de las costas de este procedimiento.".
Que contra la mencionada sentencia se interpuso recurso de apelación por D. Plácido que se admitió en ambos efectos y se emplazó a las partes, que comparecieron en el rollo formado y, recibidos los autos, se ha segudio el trámite legal, celebrándose la vista del recurso el día 16 de Mayo de 2000, en cuyo acto informaron las partes en apoyo de sus respectivas pretensiones.
Que en la tramitación de ambas instancias del procedimiento se han observado las normas legales.
VISTO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. MARÍA ANGELES GARCÍA MEDINA.
Alzándose contra la sentencia de instancia la representación del demandado Sr. Plácido , quien alega, en síntesis, como fundamento de su pretensión revocatoria que desde el momento en que figura como cotitular con el fallecido D. Alexander de las cuentas bancarias existentes en la Caixa, es inequívoca la voluntad de aquél de donarle las...
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