SAP Granada 265/2002, 23 de Abril de 2002
Ponente | JUAN FRANCISCO RUIZ-RICO RUIZ |
ECLI | ES:APGR:2002:1090 |
Número de Recurso | 780/2001 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 265/2002 |
Fecha de Resolución | 23 de Abril de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 4ª |
SENTENCIA NUM 265
ILTMOS. SEÑORES:
PRESIDENTE
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MOISÉS LAZUEN ALCON
MAGISTRADOS
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JUAN F. RUIZ RICO RUIZ
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JOSE MALDONADO MARTINEZ
En la Ciudad de Granada a Veintitrés de Abril de Dos mil Dos. La Sección Cuarta de esta
Iltma. Audiencia Provincial, ha visto, en grado de apelación los precedentes autos de juicio de Cognición, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Número 2 de Motril, en virtud de demanda de ESTACION DE SERVICIO CURRO VARGAS S.L, que ha designado para oír notificaciones en esta instancia al procurador Sr./a. García Comino, contra Dª Carla y Cía GROUPAMA, que ha nombrado al procurador Sr./a. Candenas González para oír notificaciones en esta alzada.
Aceptando como relación los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, y
La referida Sentencia, fechada en catorce de marzo de dos mil uno, contiene el siguiente Fallo: Que estimando parcialmente la demanda presentada por e Procurador de los Tribunales DOÑA MARIA VICTORIA GONZÁLEZ MORALES, en nombre y representación de ESTACION DE SERVICIO CURRO VARGAS, S.L.", contra Doña Carla y contra la compañía aseguradora, GROUPAMA", representados en autos por el procurador de los tribunales DOÑA JOSEFA CHOIN RODRIGUEZ y dirigidos en autos por el procurador de los tribunales DOÑA JOSEFA CHOIN RODRIGUEZ, y dirigidos por el letrado
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FERNANDO MORAL ARANDA, debo condenar y condeno solidariamente a los codemandados a tener que pagar a la actora la cantidad de 31.078 ptas., suma que devengara a cargo de la demandada el interéspor mora igual al legal del dinero incrementado en un 50%, salvo transcurridos dos años desde el accidente en cuyo caso no podrá ser inferior al 20%, a contar desde la fecha del accidente y hasta su completo pago, absolviendo a los demandados de los demás pedimentos contenidos en la misma. Todo ello sin hacer expresa imposición de costas ".
Sustanciado y seguido el presente recurso, por sus tramites ante esta Iltma. Audiencia Provincial, en virtud de apelación interpuesta por la parte demandante, por escrito y ante el órgano que dictó la sentencia; de dicho recurso se dio traslado a la parte contraria, que lo impugnó; tras ello se elevaron las actuaciones a este Tribunal, señalándose día para la votación y fallo, en que ha tenido lugar.
Han sido observadas las prescripciones legales de trámite. Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. JUAN F. RUIZ RICO RUIZ.
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