SAP Barcelona 690/2003, 20 de Octubre de 2003

PonenteMONTSERRAT NEBRERA GONZALEZ
ECLIES:APB:2003:5508
Número de Recurso76/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución690/2003
Fecha de Resolución20 de Octubre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª

SENTENCIA N ú m. 690/03

Ilmos. Sres.

D./Dª. AMPARO RIERA FIOL

D./Dª. MERCEDES HERNANDEZ RUIZ OLALDE

D./Dª. MONTSERRAT NEBRERA GONZALEZ

En la ciudad de Barcelona, a veinte de Octubre de dos mil tres.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 693/2001, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 48 de Barcelona, a instancia de TRANSPORTES ASPAS VILLARET, S.L. y TRANSPORTES CASTELLA, S.A., contra D/Dª. Federico , SALIX BUS, S.L. y CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora y la demandada CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS contra la Sentencia dictada en los mismos el día 9 de Octubre de 2.002, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada en los autos principales por lal Procuradora Sra. Llinas, en nombre y representación de TRANSPORTES ASPAS VILLARET, S.L., debo condenar y condeno a D. Federico , SALIZ BUS, S.L., y el CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS, conjunta y solidariamente, a que indemnicen a la actora con la cantidad de DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS EUROS CON NOVENTA Y SEIS CENTIMOS (2.732'96 EUROS), alcanzando la responsabilidad del Consorcio de Compensación de Seguros sólo hasta la cantidd de DOS MIL TRESCIENTOS DOCE EUROS CON VEINTISEIS CENTIMOS (2.312'26 EUROS), más intereses legales, sin expresa imposición de costas.- Que, estimando parcialmente la demanda formulada en los autos acumulados por el Procurador Sr. Sans, en nombre y representación de TRANSPORTES CASTELLA, S.A., debo condenar y condeno a D. Federico , SALIX BUS, S.A., y el CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS, conjunta y solidariamente, a que indemnicen a la actora con la cantidad de OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA YOCHO EUROS CON CUARENTA CENTIMOS (8.538,40 EUROS), alcanzando la responsabilidad del Consorcio de Compensación de Seguros sólo hasta la cantidad de OCHO MIL CIENTO DIECISIETE EUROS CON SETENTA CENTIMOS (8.117'70 EUROS), más intereses legales, sin expresa imposición de costas."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora y la demandada CONSORCIO DE COMPENSACION DE SEGUROS mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 18 de Septiembre de 2.003.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.

VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. MONTSERRAT NEBRERA GONZALEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Impugnan los actores y uno de los demandados contra la sentencia de instancia que estima parcialmente los pedimentos de la demanda de reclamación de cantidad por culpa extracontractual derivada de accidente de circulación. Y lo hacen los actores aduciendo una errónea valoración de la prueba practicada en autos, pues de ella debe deducirse la existencia de un lucro cesante que debe se indemnizado y el hecho de que una modificación al alza del valor venal de los vehículo siniestrados no es suficiente para cubrir el coste de la reparación que necesariamente han tenido que realizar en ellos. Tampoco entienden y, por ello, impugnan las razones del juzgador de...

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