SAP Cuenca 3/2004, 8 de Enero de 2004

PonenteLEOPOLDO PUENTE SEGURA
ECLIES:APCU:2004:6
Número de Recurso294/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución3/2004
Fecha de Resolución 8 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Cuenca, Sección 1ª

D. López Calderón BarredaD. Muñoz HernándezD. Leopoldo Puente Segura

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

CUENCA

SENTENCIA: 00003/2004

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

CUENCA

Apelación civil

Juzgado de Primera Instancia núm. 2

de San Clemente.

Juicio ordinario núm. 151/2.002

Rollo núm. 294/2.003

Ilmos Sres:

Presidente:

Sr. López Calderón Barreda

Magistrados:

Sr. Muñoz Hernández

Sr. Leopoldo Puente Segura

S E N T E N C I A NUM.

En la ciudad de Cuenca, a ocho de enero del año dos mil cuatro.

Vistos en trámite de recurso de apelación los autos de juicio ordinario número 151/2.002 procedentes del Juzgado de Primera Instancia número dos de los de San Clemente y su partido, sobre acción de responsabilidad extracontractual, promovidos a instancia de DOÑA Amelia , mayor de edad y provista de D.N.I. número NUM000 , representada por la Procuradora de los Tribunales Dª María de los Angeles Poves Gallardo y asistida técnicamente por el Letrado Don Andrés González Charco; contra DOÑA María Purificación , mayor de edad y provista de D.N.I. número NUM001 , DON Alvaro , también mayor de edad y provisto de D.N.I. número NUM002 y DON Roberto , también mayor de edad y provisto de D.N.I. número NUM003 ; todos ellos representados por el Procurador de los Tribunales Don Francisco Sánchez Medina y asistidos técnicamente por el Letrado Don Pío Ramón Viñas Picazo; contra DON Bruno , también mayor de edad y provisto de D.N.I. número NUM004 , representado por el Procurador de los Tribunales Don Luis Moya Ortíz y asistido técnicamente por la Letrada Dª Cristina Fuentes Paños; y contra DON Jose Ignacio , también mayor de edad y provisto de D.N.I. número NUM005 , representado por el Procurador de los Tribunales Don Francisco Sánchez Medina y asistido técnicamente por el Letrado Don Pedro Rafael García Montero; en virtud del recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de Don Bruno contra la sentencia dictada en primera instancia, de fecha veinte de octubre del pasado año; siendo parte apelada los codemandados y la actora y habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Don Leopoldo Puente Segura.

ANTECEDENTES DE HECHO

I

En los autos indicados al margen se dictó sentencia de fecha veinte de octubre del año dos mil tres, en cuya parte dispositiva se establecía, literalmente: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Dª María de los Angeles Poves Gallardo, en nombre y representación de Dª Amelia , contra Dª María Purificación , Don Alvaro , Don Roberto , Don Bruno y Don Jose Ignacio , debo declarar y declaro:

- Se condena al demandado Don Bruno a realizar las obras de reparación que sean necesarias para dejar la vivienda propiedad de la actora, en las mismas condiciones en las que se encontraba antes de producirse los daños, con arreglo a las soluciones constructivas recogidas en el informe pericial judicial elaborado por Don Juan Ignacio , con expresa imposición de costas causadas por la parte actora.

- Se absuelve a Don Jose Ignacio de los pedimentos instados en su contra, debiendo soportar las costas causadas a su instancia.

- Que estimando la excepción de falta de legitimación pasiva invocada, se absuelve a Don Roberto de los pedimentos efectuados en su contra, debiendo soportar las costas causadas a su instancia.

- Que estimando la excepción de falta de legitimación pasiva invocada, se absuelve a Dª María Purificación y a Don Alvaro de los pedimentos instados en su contra, imponiendo a la parte actora el pago de las costas causadas a su instancia".

II

Contra la anterior sentencia se preparo y después interpuso por la representación de Don Bruno , recurso de apelación en tiempo y forma, recurso que fue admitido a medio de providencia de fecha veintisiete de noviembre del pasado año, dándose traslado a la parte contraria para que pudiera presentar escrito de oposición al recurso o impugnar la sentencia en aquellos extremos que pudieran resultarles desfavorables.

III

Con fecha nueve de diciembre del año dos mil tres, Don Francisco Sánchez Medina, Procurador de los Tribunales y de Don Jose Ignacio presentó escrito, oponiéndose al recurso interpuesto de contrario, e interesando la íntegra confirmación de la sentencia recurrida.

Igualmente, con fecha trece de diciembre del mismo año, Don Francisco Sánchez Medina, Procurador de los Tribunales y de Don Alvaro y Dª María Purificación presentó escrito oponiéndose igualmente al recurso interpuesto de contrario e interesando la íntegra confirmación de la resolución recurrida.

IVIV

Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial, con fecha veintiséis de diciembre del pasado año, se procedió a formar el correspondiente rollo, asignándosele el número del margen, turnándose ponencia y habiéndose cumplido la totalidad de las previsiones legales, sin que se estimara necesaria la celebración de vista, y señalándose para que tuviera lugar la correspondiente deliberación, votación y fallo el siguiente día ocho de enero del presente año.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los que se contienen en la resolución recurrida, que habrán de tenerse aquí por íntegramente reproducidos.

I

Se ejercita por la parte actora en esta litis acción de reclamación extracontractual como consecuencia de la realización de unas obras sobre finca vecina, dirigiendo sus pretensiones contra los propietarios de la referida finca, Dª María Purificación y Don Alvaro , contra quien intervino en calidad de constructor, Don Roberto , quien lo hizo como arquitecto técnico, Don Jose Ignacio ; y por último contra el arquitecto superior, el ahora apelante, Don Bruno . Este último, al tiempo de contestar a la demanda rectora del procedimiento, finalizaba interesando en el suplico de la misma que se desestimase la demanda y se le...

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