SAP Murcia 8/2008, 10 de Enero de 2008

PonenteCARLOS MORENO MILLAN
ECLIES:APMU:2008:34
Número de Recurso319/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución8/2008
Fecha de Resolución10 de Enero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00008/2008

Rollo n: 319/07

Ilmos. Sres.

Don Carlos Moreno Millán.

Presidente

Don Juan Martínez Pérez.

Don Francisco Carrillo Vinader

Magistrados

SENTENCIA Nº 8

En la ciudad de Murcia, a diez de enero de dos mil ocho.

Esta Sección Cuarta de la Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los presentes autos de Juicio Verbal que con el número 177/06 se han tramitado en primera instancia en el Juzgado Civil nº 2 de Cieza entre las partes, como actora y ahora apelada Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., representada por el Procurador Sr. Pérez Cerdán y defendida por el Letrado Sr. Altamirano García; y como demandado y ahora apelante Don Cosme representado por el Procurador Sr. Hernández Morales y defendida por el Letrado Sr. Amatria Rubio. Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Carlos Moreno Millán que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado Civil citado dictó sentencia con fecha 12 de Febrero de 2007 en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice: FALLO: "Debo ESTIMAR Y ESTIMO íntegramente la demanda presentada por Doña Blasa Lucas Guardiola, Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de la entidad BBVA S.A., y, en consecuencia, debo condenar y condeno a Don Cosme al abono de la cantidad de 1427'72 euros, en concepto de principal, junto con los intereses legales devengados de dicha cantidad a contar desde la fecha de interposición de la demanda (21 de octubre de 2003) hasta la fecha de notificación de la presente resolución, con expresa imposición de las costas del procedimiento".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia la parte demandada formuló recurso de apelación que basó en error en la valoración de la prueba. Se dió traslado a la parte contraria que presentó escrito de oposición interesando la confirmación de la sentencia.

TERCERO

Previo emplazamiento de las partes, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, en cuya Sección Cuarta se registraron con el número de Rollo 319/07. Por providencia de 2 de Enero de 2008, se señaló para votación y fallo el día 9 de Enero de 2008.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente al contenido de la sentencia de instancia que estima en su totalidad la acción ejercitada por la entidad actora Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A., contra el demandado Don Cosme, en el marco del contrato de cuenta corriente suscrito, en reclamación del saldo deudor existente por importe de 1.427,72 €, la citada parte demandada, disconforme con dicho pronunciamiento judicial comparece en esta alzada interesando la revocación de la mencionada sentencia y el dictado de otra que desestime la pretensión objeto de la demanda, por entender que el Juzgador de instancia ha incurrido en error en la valoración de la prueba.

SEGUNDO

Concretada en los indicados términos la cuestión impugnatoria suscitada en esta apelación, entiende este Tribunal, tras la revisión de lo actuado en los presentes autos, que efectivamente, asiste razón a la parte recurrente en la pretensión que solicita, por lo que procede, como seguidamente se argumentará, la revocación de la sentencia apelada.

En este sentido y partiendo del concepto de cuenta corriente bancaria conceptuado por la doctrina científica y la jurisprudencia, ante la carencia de normas en nuestro derecho positivo, como un contrato complejo, de depósito irregular, con devengo de intereses y liquidaciones periódicas por el banco (Sentencias del Tribunal Supremo de 7 de marzo de 1974 y 29 de abril y 14 de diciembre de 1983 ), debemos tener en cuenta que el problema que plantea el recurso es el de la prueba del saldo deudor de...

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