SAP Murcia 77/2001, 26 de Febrero de 2001

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2001:633
Número de Recurso358/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución77/2001
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

D. Antonio Salas CarcellerD. Juan Antonio Jover CoyD. Andrés Pacheco Guevara

Rº nº 358/99

S E N T E N C I A Nº 77

Iltmos. Sres.

D. Antonio Salas Carceller

Presidente

D. Juan Antonio Jover Coy

D. Andrés Pacheco Guevara

Magistrados

En la ciudad de Murcia, a veintiséis de febrero de dos mil uno.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de juicio de Menor Cuantía procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Cartagena y seguidos ante el mismo con el nº 239/98, -rollo nº 358/99-, en los que figura como demandante Dª. Amparo , mayor de edad, soltera, vecina de Cartagena, con domicilio en calle DIRECCION000 nº NUM000 , Los Dolores, con D.N.I. nº NUM001 , representada en el Juzgado por la Procuradora Sra. García Buendía Martínez y en la Audiencia por la Procuradora Sra. Sevilla Flores, y dirigida por el Letrado Sr. Florit Durán; y como demandado D. Agustín , mayor de edad, casado, vecino de Cartagena, con domicilio en Avenida DIRECCION001 nº NUM002 , con D.N.I. nº NUM003 , representado en el Juzgado por el Procurador Sr. Farinós Martí y en la Audiencia por la Procuradora Sra. Valcárcel Alcázar, y dirigido por el Letrado Sr. López Alcázar. Versando sobre reclamación de cantidad derivada de negligencia profesional.

Los referidos autos penden ante esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por Dª. Amparo contra la sentencia de 10 de mayo de 1999, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Cartagena; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La expresada resolución contiene el siguiente fallo:

"Que, estimando parcialmente la demanda formulada por la Procuradora Dª. María del Carmen García Buendía, en nombre y representación de Dª. Amparo debo condenar y condeno a D. Agustín a que indemnice a la actora en la suma de OCHENTA MIL PESETAS, por las lesiones causadas. Todo ello sin hacer expreso pronunciamiento sobre costas".

Segundo

Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma por Dª. Amparo recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a esta Audiencia Provincial, previos los oportunos emplazamientos.

Recibidas las actuaciones en la Audiencia, se formó el correspondiente rollo, con el nº 358/99, donde comparecieron las partes debidamente representadas y, tramitado el recurso con arreglo a los de su clase, se concedió a las partes la posibilidad de instar la sustitución de vista por el escrito de alegaciones a que se refiere el art. 709, párrafo cuarto, de la Ley de Enjuic. Civil, a lo que se accedió por éstas.

Unidos los escritos de alegaciones, se procedió a la votación y fallo del recurso, quedando éste visto para sentencia.

Tercero

En la tramitación de este recurso de han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Dª. Amparo interpuso demanda de juicio declarativo de menor cuantía en reclamación de resarcimiento de daños y perjuicios en cuantía de 5.451.891 ptas., contra D. Agustín , Médico Dentista con consulta abierta en Cartagena que el 26-1-1998 inició la extracción del tercer molar inferior derecho de la actora pero no pudo realizar dicha extracción por encontrarse la pieza muy trabada con otra y, al parecer, con cementosis, fracturándole parte de la corona de la muela.

Tras el fracaso en la extracción, el demandado remitió a la Sra. Amparo al servicio de Urgencias del Hospital Virgen de la Arrixaca, de Murcia, que a su vez la remitió a consulta externa de cirugía maxilofacial, diagnosticándole el cirujano maxilofacial D. Marcos "alveolitis posterior a intento fallido de extracción dentaria y mandíbula expuesta" y prescribiéndole medicamentos que importaron 3.740 pesetas.

La Sra. Amparo decidió acudir al profesor Rosendo , de la clínica Ruber de Madrid, que la operó el 18 de marzo de 1998.

La cantidad reclamada por la actora comprende gastos de desplazamiento a Madrid en avión de dos personas, gastos de taxi, gasolina, dietas, gastos de desplazamiento en tren de tres personas, hotel de uno de los acompañantes, gastos de estancia e intervención en la clínica Ruber de Madrid por 223.593 pesetas, y gastos de un tercer viaje a Madrid por importe de 32.255 ptas. y honorarios Don...

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