SAP Badajoz 202/2006, 1 de Septiembre de 2006

PonenteJUANA CALDERON MARTIN
ECLIES:APBA:2006:869
Número de Recurso113/2006
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución202/2006
Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BADAJOZ

SECCIÓN TERCERA

MÉRIDA

S E N T E N C I A NÚM. 202/06

PONENTE..............

ILMA. SRA.............

DOÑA JUANA CALDERÓN MARTÍN

Recurso penal núm. 113/2006

Juicio de Faltas núm. 254/2005

Juzgado de Instrucción núm. 2 de Almendralejo.

En Mérida, a uno de septiembre de dos mil seis.

Habiendo visto la Ilma. Sra. Magistrado de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Badajoz DOÑA JUANA CALDERÓN MARTÍN el presente Rollo nº 113/2006, dimanante del Juicio de Faltas nº 254/2006, seguido ante el Juzgado de Instrucción núm. 2 de Almendralejo, en el que han sido partes: como apelantes y a la vez apelados, Susana, representada por el Procurador Sr. Soltero Godoy y defendida por el Letrado Sr. Sánchez Benítez, y Celestina, defendida por la Letrado Sra. Palacios; como apelado, el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La Sra. Juez de Instrucción núm. 2 de Almendralejo dictó Sentencia en el Juicio de Faltas núm. 254/2006, de fecha 1 de Marzo de 2006, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que debo CONDENAR Y CONDENO a Dª. Susana, como autora responsable de una falta del artículo 631-1 del Código Penal, a una pena de multa de VEINTE DÍAS a una cuota diaria de TRES EUROS (un total de 60 euros), la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal, así como a que indemnice a Dª Celestina en la cantidad 60 euros en concepto de responsabilidad civil por el daño sufrido.

Asimismo, el penal habrá de abonar las costas procesales causadas".

SEGUNDO

Notificada la referida sentencia a las partes, por Susana y por Celestina se interpusieron contra la misma sendos recursos de apelación, que se admitieron en ambos efectos y de los que se dio el oportuno traslado a las demás partes, siendo impugnados los recursos por cada una de las apeladas y por el Ministerio Fiscal, solicitando éste último la confirmación de la sentencia recurrida.

TERCERO

Recibidos los autos originales en esta Sección, se turnó de ponencia, correspondiendo a la Ilma. Magistrado DOÑA JUANA CALDERÓN MARTÍN.

CUARTO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada.

Se acepta el relato de hechos probados que contiene la resolución impugnada, que se da por reproducido en aras a la brevedad.

FUNDA MENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Recurren la sentencia dictada por el instructor, tanto la parte denunciante como la denunciada, Sra. Susana, que fue condenada como autora de una falta del art. 631 del C. Penal, pretendiendo ésta, con carácter principal, que se sustituya el pronunciamiento condenatorio por su libre absolución; con carácter subsidiario se impugna por la condenada la cuantía de la indemnización que, en concepto de responsabilidad civil. La parte denunciante impugna la sentencia en cuanto se refiere a las consecuencias dañosas de la infracción penal, por cuanto considera que no se han tenido en cuenta por el Juzgador de instancia los reales días que precisó la lesionada para curar de sus lesiones.

Lógicas razones de técnica procesal exigen comenzar examinando, en primer lugar, el recurso planteado por la parte denunciada, y sólo si sus alegaciones fueran rechazadas, podría entrarse a examinar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR