AAP Madrid 410/2003, 7 de Octubre de 2003

ECLIES:APM:2003:10809
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución410/2003
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 17ª

APELACION NUMERO/AÑO: 338/03

PROCEDIMIENTO

: JUICIO DE FALTAS

NUMERO/AÑO

: 442/02

JUZGADO DE INSTRUCCION

LOCALIDAD/NUMERO

: MADRID 32

MAGISTRADA Ilustrísima Señora

Dña. María Jesús Coronado Buitrago.

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en la

causa de referencia, ha dictado,

EN NOMBRE DE S.M., EL REY,

la siguiente

S E N T E N C I A 410/03

En la Villa de Madrid, a siete de octubre de dos mil tres.

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, constituida como órgano unipersonal, y actuando, en tal concepto, la Ilustrísima Señora Magistrada Doña María Jesús Coronado Buitrago, ha visto el recurso de apelación interpuesto por Esther , contra la sentencia dictada, con fecha treinta y uno de marzo de dos mil tres, en juicio de faltas número 442/02, del Juzgado de Instrucción nº 32 de los de Madrid. Intervino como parte, el Ministerio Fiscal y como parte apelada, Luis Andrés .

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Con fecha treinta y uno de marzo de dos mil tres, se dictó sentencia en juicio de faltas número 442/02, del Juzgado de Instrucción nº 32 de los de Madrid.

En dicha resolución y en su parte dispositiva se contenía el siguiente fallo:

Que debo absolver y absuelvo libremente, con todos los pronunciamiento favorables, a Luis Andrés , cuyas restantes circunstancias personales ya constan, de las faltas de lesiones y daños de las que venía inicialmente acusado, declarando de oficio las costas causadas.

Segundo

Contra dicha sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por Esther .

Tercero

Dado traslado a las demás partes, formularon sus alegaciones. Remitido a este Tribunal, pasó al Magistrado a quien por turno correspondió. No se estimó precisa la celebración de vista, quedando el recurso pendiente para sentencia.

H E C H O S P R O B A D O S

Se mantienen los fijados, como tales, en la sentencia recurrida, que se dan por reproducidos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Se fundamenta el recurso de Apelación formulado por Doña Esther en que de forma ajena a su voluntad no pudo comparecer a la vista señalada para la celebración del Juicio de Faltas el pasado día 31 de Marzo de 2003 en el Juzgado de Instrucción nº 32 de Madrid. Que el motivo de su incomparecencia fue que se encontraba enferma, lo que comunicó telefónicamente al Juzgado interesando la suspensión del juicio. Ante el resultado de que aquellas manifestaciones no eran suficientes para proceder a la suspensión solicitada, la recurrente alega que se desplazó hasta la sede de los Juzgados de ésta Capital, a la que llego diez minutos después de que se hubiese celebrado la vista oral, presentando en fecha 3 de Abril siguiente, escrito ante el mismo Juzgado en el que explicaba la situación de enfermedad que le afectaba, y el retraso sufrido cuando se vio obligada a desplazarse al Juzgado para comunicarlo, aportando informe médico...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR