SAP Madrid, 5 de Diciembre de 2000

PonenteANTONIO ROMA ALVAREZ
ECLIES:APM:2000:16911
Número de Recurso1032/1998
Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

Sentencia

En Madrid, a cinco de Diciembre de dos mil.

La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 54 de Madrid, seguidos entre partes, de una como demandante-apelada IMASA, y de otra como demandados- apelantes D. Luis Antonio y LA EQUITATIVA, y como demandados- apelados D. Daniel y MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Antonio Roma Alvarez

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 54 de Madrid, en fecha 8 de Mayo de 1.998, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Fallo: "Desestimo la demanda formulada por IMASA contra D. Daniel y Mutua Madrileña Automovilista y absuelvo a los demandados de la acción contra ellos ejercitada. Con imposición de costas a la actora.

Estimo la formulada contra D. Luis Antonio y La Equitativa, declaro que los demandados adeudan a la actora la suma de 393.674 pts. y los condeno a su pago con intereses legales desde la fecha de esta sentencia y costas."

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandada D. Luis Antonio y LA EQUITATIVA, que fué admitido en ambos efectos, del que dió traslado a la contraparte quien a su vez lo impugnó, elevándose posteriormente las actuaciones a esta superioridad, substanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

No estimándose necesaria la celebración de Vista Pública, quedaron los autos para dictar sentencia, señalándose para Deliberación y Votación, la Audiencia del día 4 de Diciembre del año en curso.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los contenidos en la sentencia recurrida salvo en lo que no coincidan con lo que seguidamente se expondrá.

SEGUNDO

Dirigida la demanda frente a dos partes diferenciadas -D. Luis Antonio y La Equitativapor un lado y D. Daniel y Mutua Madrileña Automovilista por otro- fue parcialmente estimada frente a uno de ellos y resultando absuelto el otro, interponiéndose recurso por la parte demandada condenada, con ello se reduce el problema inicialmente planteado porque la definición del Sr. Daniel y su aseguradora deviene firme así como también resulta obligado mantener el límite de lo fijado en concepto de perjuicios porque...

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