SAP Zamora 292/2002, 16 de Octubre de 2002

PonenteESTHER GONZALEZ GONZALEZ
ECLIES:APZA:2002:547
Número de Recurso254/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución292/2002
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Zamora, Sección 1ª

D. RAFAEL LIS ESTÉVEZD. PEDRO JESÚS GARCIA GARZONDª. Dª. ESTHER GONZALEZ GONZALEZ

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

ZAMORA

Rollo: RECURSO DE APELACION 254 /2002

Nº Procd. Civil : 309/01

Procedencia : Primera Instancia de Benavente nº 2

Tipo de Asunto : Ordinario

----------------------------------------------------------

Ilmo. Sr. Presidente:

D. RAFAEL LIS ESTÉVEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. PEDRO JESÚS GARCIA GARZON

Dª ESTHER GONZALEZ GONZALEZ

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En ZAMORA , a dieciséis de Octubre de dos mil dos .

La Audiencia Provincial de Zamora, constituida en Tribunal por los Ilmos. Srs. D. RAFAEL LIS ESTÉVEZ, Presidente, y D. PEDRO JESÚS GARCIA GARZON, y D./Dª ESTHER GONZALEZ GONZALEZ, han pronunciado

E N N O M B R E D E L R E Y

La siguiente

S E N T E N C I A Nº. 292

Visto en grado de apelación ante esta Sección 1 de la Audiencia Provincial de ZAMORA , los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 309 /2001 , procedentes del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2 de BENAVENTE , a los que ha correspondido el Rollo 254 /2002 , en los que aparece como parte apelante D. Germán representado en esta instancia por el procurador D. MIGUEL ALONSO CABALLERO , y asistido por el Letrado D. TOMAS OMAÑAS GONZALEZ , y como apelados D. Jose Augusto y D. Ángel representados en esta instancia por el procurador D. JUAN MANUEL GAGO RODRIGUEZ, y asistidos por el Letrado D.OSCAR LUIS PEREZ BENEITEZ , sobre reclamación de indemnización por muerte , y siendo Magistrado Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dª ESTHER GONZALEZ GONZALEZ .

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O

Se aceptan los de la sentencia de primera instancia.

PRIMERO

En los autos de los que este Rollo trae razón, por el Juzgado de 1ª Instancia de Benavente nº 2, en fecha 20 de mayo de 2002, se dictó sentencia, cuyo fallo textualmente dice: "Que desestimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador Sr. Fernández Espeso, en nombre y representación de D. Germán , contra D. Jose Augusto y D. Ángel , debo absolver y absuelvo a dichos demandados de las pretensiones ejercitadas en su contra, con imposición de las costas a la parte actora."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, por la parte apelante se interpuso recurso de apelación, dándose el trámite previsto en el art. 457 y concordantes de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil, por lo que las actuaciones fueron elevadas a esta Sala, en donde se siguió su tramitación de acuerdo con lo establecido en el art. 464, y una vez cumplido dicho trámite se señaló el día 18 de septiembre de 2002 para la votación y fallo, que tuvo lugar en el día señalado.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han cumplido las prescripciones y términos legales, de acuerdo con lo establecido en el art. 465 de la Ley Procesal Civil.

F U N D AM E N T O S J U R I D I C O S
PRIMERO

El presente recurso de apelación se formula contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Benavente de fecha 20 de mayo de 2002, por la que se desestimó la demanda formulada por la representación procesal de D. Germán contra D. Ángel y Jose Augusto con imposición de las costas a la actora. Esta demanda fue formulada por el demandante en calidad de perjudicado por la muerte de su hija Virginia de la que el menor Jose Augusto fue declarado penalmente responsable por Resolución del Juzgado de Menores de nuestra ciudad de fecha 29 de marzo de 2001, confirmada por la sentencia de fecha 2 de julio de 2001 de esta sala que desestimó el recurso de apelación interpuesto frente a ella.

La sentencia recurrida basa su fallo desestimatorio en la falta de legitimación activa del demandante en el que se declara no concurre la cualidad de perjudicado y, por tanto, no puede estimarse que respecto del mismo haya nacido la acción de responsabilidad civil ex delicto que da lugar a la indemnización de daños y perjuicios entendiéndose que al demandante no se le ha producido perjuicio o daño moral alguno. Esta declaración se basa en una correcta interpretación de la doctrina jurisprudencial que distingue entre heredero y pariente y perjudicado y en el ponderado y fundamentado análisis y valoración de la prueba practicada en cuanto a las relaciones existentes entre el actor y su hija fallecida.

SEGUNDO

Es precisamente la valoración de la prueba practicada la que se impugna en primer lugar en el recurso de apelación, si bien esta impugnación se refiere concretamente a la declaración testifical de dos de los testigos de la demandante unidos por vínculos de parentesco con los actores y en cuanto a la conducta del demandante el día del funeral celebrado por la muerte de Virginia y ello porque se afirma que esta prueba ha tenido una importante influencia en la conformación de la convicción de la Juzgadora de instancia. Se termina alegando en este primer punto del recurso que la sentencia de instancia está desconociendo lo que es la enfermedad del alcoholismo y las consecuencias y manifestaciones de la misma como la falta de expresión de los sentimientos...

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