SAP Madrid 212/2006, 31 de Mayo de 2006

PonenteVICTORIANO JESUS NAVARRO CASTILLO
ECLIES:APM:2006:11641
Número de Recurso272/2005
Número de Resolución212/2006
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª

VICTORIANO JESUS NAVARRO CASTILLO MODESTO DE BUSTOS GOMEZ-RICO JOSE MARIA SALCEDO GENER

AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 13

MADRID

SENTENCIA: 00212/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 13

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 3971921 Fax: 3971998

N.I.G. 28000 1 7003975 /2005

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 272 /2005

Proc. Origen: JUICIO VERBAL 221 /2004

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCIÓN N. 3 de MOSTOLES

De: Oscar

Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO

Contra: Soledad

Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO

Ponente: Ilmo. Sr. D. VICTORIANO JESÚS NAVARRO CASTILLO

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO

Ilmo. Sr. D. VICTORIANO JESÚS NAVARRO CASTILLO

Ilmo. Sr. D. JOSÉ MARÍA SALCEDO GENER

SENTENCIA

En Madrid, a treinta y uno de mayo de dos mil seis. La Sección Decimotercera de la

Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal sobre reclamación de daños y perjuicios, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de los de Móstoles, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante D. Oscar, y de otra, como demandado-apelado Dª. Soledad.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 3, de los de Móstoles, en fecha doce de mayo de dos mil cuatro, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda formulada por DON Oscar, contra DOÑA Soledad debo absolver a la demandada de los hechos objeto de estas actuaciones sin hacer imposición de las costas procesales causadas".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fue admitido en ambos efectos, del cual se dio traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección en fecha diecinueve de abril de 2.005, para resolver el recurso.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día veinticinco de mayo de dos mil seis.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia recurrida.

PRIMERO

Don Oscar formuló demanda de juicio verbal contra su vecina doña Soledad, en reclamación de 850 euros más los perjuicios morales sufridos al resultar atacada su intimidad, porque el día 8 de julio de 2002 ha derribado parte de un seto medianero que separa los jardines de ambos, sitos en la CALLE000 números NUM000 y NUM001, respectivamente, de Villafranca del Castillo, cortando una planta arizónica de 2,30 m. de altura.

El Juzgado admitió a trámite la demanda y señaló para el juicio verbal a cuyo acto comparecieron las partes. La demandada se opuso a la demanda, y el Juzgado dictó sentencia desestimándola como resulta del fallo que hemos transcrito.

Frente a ella recurre en apelación el actor. El Juzgado dio traslado a la...

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