SAP Alicante 66/2007, 15 de Febrero de 2007
Ponente | LUIS ANTONIO SOLER PASCUAL |
ECLI | ES:APA:2007:728 |
Número de Recurso | 7/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 66/2007 |
Fecha de Resolución | 15 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 8ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALICANTE
SECCION OCTAVA.
TRIBUNAL DE MARCA COMUNITARIA
ROLLO DE SALA Nº 7 (6) 07
PROCEDIMIENTO J Verbal 186/06
JUZGADO de Instancia e Instrucción nº 1 Novelda
SENTENCIA Nº 66/07
Ilmos.
Presidente: D. Enrique García Chamón Cervera
Magistrado: D. Luis Antonio Soler Pascual
Magistrado: D.ª María Teresa Serra Abarca
En la ciudad de Alicante, a quince de febrero del año dos mil siete
La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto los autos de Juicio Verbal sobre reclamación de cantidad, seguido en instancia ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Novelda con el número 186/06, y de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada, D. Rogelio, titular o usuario del nombre comercial Gruas Alcón, representado ante este Tribunal por el Procurador Dª. María Teresa Ripoll Moncho y dirigido por el Letrado D. Francisco Cazorla Amorós; y como parte apelada la parte actora, D. Benjamín, representado ante este Tribunal por el Procurador D. Juan Ivorra Martínez y dirigido por el Letrado Dª. Rosa Gómez Lara, que ha presentado escrito de oposición.
Por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Novelda, en los referidos autos tramitados con el núm. 186/06, se dictó sentencia con fecha 12 de septiembre de 2006, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Estimando la demanda presentada por Don Benjamín, representado por el Procurador Sr. Serra Escolano, frente a Don Rogelio, condeno al citado demandado a abonar al actor la suma de 1.198,26 euros con imposición del interés legal del dinero desde la presentación de la demanda. Todo ello con expresa condena en costas al demandado".
Contra dicha Sentencia se preparó recurso de apelación por la parte arriba referenciada; y tras tenerlo por preparado, presentaron el escrito de interposición del recurso, del que se dio traslado a las demás partes, presentándose los correspondientes escritos de oposición. Seguidamente, tras emplazar a las partes, se elevaron los autos a este Tribunal con fecha 9 de enero de 2007 donde fue formado el Rollo número 46/40/07, en el que se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 14 de febrero de 2007, en el que tuvo lugar.
En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.
VISTO, siendo Ponente el Iltmo Sr. D. Luis Antonio Soler Pascual.
La pretensión que dilucida en la demanda es de responsabilidad de quien, maniobrando una grúa con cabrestante para la extracción de un vehículo automóvil situado en una zanja o talud lateral a la vía de la circulación, causa, según afirma el actor, daños sobre el vehículo a consecuencia de la ejecución imperita de dicha operación, daños que se sitúan sobre el lateral derecho del vehículo y que se cuantifican en el importe reclamado de 1.198,02 euros.
La Sentencia de instancia estima la demanda y concluye que en efecto, los daños que se dice producidos en el vehículo son causa de la maniobra de arrastre para la extracción del vehículo, condenando a su abono al demandado que se alza frente a esa resolución, formulando recurso de apelación sustentado, básicamente, en el error en la valoración de la prueba.
La cuestión es ciertamente probatoria y sobre la valoración de la misma ha de pivotar la decisión de...
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